Reprueba Condusef a BBVA, Banamex y Inbursa y Mifel en servicios de tarjeta de crédito

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La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros
(CONDUSEF) informa del resultado de la supervisión en materia de transparencia financiera
y calidad de la información que se da al usuario del producto Tarjeta de Crédito, realizada
durante 2022, para lo cual se analizó la información de los principales bancos otorgantes de
este tipo de crédito.

En este proceso se evaluó a las 14 instituciones financieras que ofrecen este
producto en el mercado, y cuya cartera a diciembre de 2022 fue de 467,416 millones de pesos. El proceso de supervisión en materia de transparencia y calidad consiste en dos etapas:

Primera etapa

Se analiza que los documentos contractuales e información que utilizan las Entidades
Financieras con los usuarios, cumplan con la normatividad aplicable, por lo que se solicitan
expedientes de clientes que contienen documentos como contrato de adhesión, carátula, y
estado de cuenta. También se revisa que la página de Internet, la publicidad y el folleto
informativo que utilizan las instituciones, tengan información consistente y no dé lugar a
confusiones.
De las irregularidades normativas detectadas, la CONDUSEF informa a las Entidades
Financieras y les ordena llevar a cabo un Programa de Cumplimiento Forzoso, con el
propósito de solventar dichas irregularidades.

Segunda etapa

Con el objeto de determinar si las Instituciones Financieras llevaron a cabo los cambios
ordenados mediante los Programas de Cumplimiento Forzoso, la CONDUSEF analiza la
documentación enviada por la institución financiera como evidencia de los cambios que
implementaron a fin de subsanar las irregularidades detectadas.
Derivado de lo anterior se obtuvieron los siguientes resultados de la primera y segunda
revisión.

Como se muestra en el cuadro anterior, en la primera etapa de revisión del producto
identificado como “Tarjeta de Crédito”, la calificación promedio se ubicó en 7.3 puntos, en
escala de 0 a 10, siendo cero la calificación más baja y diez la más alta. Se puede observar que solo dos instituciones obtuvieron la calificación más alta desde la primera revisión, que son HSBC México y Banco Regional, y cuatro de las catorce instituciones evaluadas obtuvieron una calificación reprobatoria.

Derivado de los cambios que se ordenaron a las Instituciones, estas ajustaron la
documentación a efecto de apegarse a la norma de orden público en materia de
transparencia, lo que reflejó diversas calificaciones en una segunda etapa, siendo siete las
instituciones que llegaron a obtener la máxima calificación en la segunda etapa, y dos
continuaron con calificaciones reprobatorias, las cuales son TARJETAS BANAMEX Y BANCA MIFEL.


Los principales incumplimientos que se detectaron fueron los siguientes:
Contrato de Adhesión
No contiene el consentimiento expreso del usuario.
El concepto, monto y periodicidad de las comisiones que son cobradas a los Usuarios,
no son congruentes con las inscritas en Banco de México.
INSTITUCIÓN Calificaciones (Máx. 10.0)

Carátula

No indica las leyendas sobre los riesgos aplicables al producto.
No establece el concepto, monto y periodicidad de las comisiones.
Estado de Cuenta
No indica el número total de mensualidades de las promociones a plazo.
No señala el número de pago correspondiente de las promociones a plazo.
No contiene la descripción de cada cargo y abono.
Página de Internet
No proporciona información congruente contra el contrato, que es entregado al
Usuario al momento de la contratación.
En la liga “Consulta los Costos y las Comisiones de nuestros productos”, no señala la
fecha de cálculo del Costo Anual Total (CAT).
No señala la denominación social de la Institución Financiera.
No indica las leyendas sobre los riesgos que no son aplicables al producto.
Los resultados de la evaluación y los incumplimientos detectados podrán ser consultados en
el Buró de Entidades Financieras a cargo de esta Comisión Nacional en la siguiente liga:
https://www.buro.gob.mx

Vale la pena señalar que los incumplimientos a la norma aplicable, serán sujetos a las
sanciones que correspondan.