Tiempo de lectura aprox: 1 minutos, 35 segundos
Teléfonos de México sólo tiene obligación de realizar bonaficaciones a sus clientes en el caso de que las fallas asociadas a su servicio se extiendan durante más de 72 horas, según el contrato de adhesión de la empresa firmado ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
Así, en el caso de la interrupción en su servicio de fibra óptica que habría afectado a más de 10 servicios contratados con la telefónica, su contrato de adhesión no establece ninguna obligación de compensar a sus clientes.
Ante la consulta de Revista Fortuna, la Profeco informó que los proveedores de servicios de telecomunicaciones están obligados a respetar los términos y condiciones de los servicios que ofrecen, por lo que la Procuraduría reitera a la población consumidora que se cuenta con las siguientes opciones para formalizar una queja en contra de cualquier proveedor de telecomunicaciones que incumpla estos términos.
- Los consumidores que se perciban afectados, por ejemplo, por el corte de la red de fibra óptica de Telmex podrán iniciar una queja Vía internet en:
- A través del Teléfono del Consumidor 55 5568 8722 y/o 800 468 8722.
- Directamente en la ODECO que le corresponda.
La Profeco también aseguró que, hasta ahora, los clientes de Telmex en su servicio de fibra óptica no han presentado quejas en ninguna de sus oficinas por la interrupción de sus servicios a principios del año a causa de dos cortes en el tendido de fibra óptica tanto en México como en Estados Unidos.
“Esta Procuraduría corroboró que no fueron presentadas inconformidades por parte de los consumidores en ninguna de las Oficinas de Defensa del Consumidor (ODECO) a nivel nacional, en contra de dicho proveedor por dos cortes de fibra óptica que impactaron el pasado 5 de enero el acceso de algunos usuarios a contenido de Internet alojado fuera de México”, indicó la Profeco ante una consulta sobre el tema.
La Profeco recordó que el primero de los cortes se localizó en Texas, a 18 kilómetros de la frontera con México; mientras que el segundo se registró en un tramo de la red entre Culiacán y Mazatlán, que fue reparado en menos de dos horas.
En el contrato de adhesión registrado ante la Profeco, en la cláusula décima cuarta, se establece que en caso fortuito o fuerza mayor, Telmex realizará las bonificaciones correspondientes, siempre y cuando la interrupción del servicio sea superior a las 72 horas consecutivas, de conformidad con el artículo 81 del Reglamento de Telecomunicaciones. La Profeco señaló también que los proveedores de servicios de telecomunicaciones están obligados a respetar los términos y condiciones de los servicios que ofrecen, por lo que la Procuraduría reitera a la población consumidora que se cuenta con las siguientes opciones para formalizar una queja en contra de cualquier proveedor de telecomunicaciones