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La Secretaría de Economía (SE) dio a conocer la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCFI-2012, que establece las características y especificaciones que deben cumplir los integrantes de la cadena productiva, industrial y comercial del tequila.
Destacan algunas especificaciones referentes al contenido de alcohol y los demás componentes de dicha bebida, las maneras de madurarla, las precisiones que dan cuenta de su autenticidad, los métodos de prueba a los que se debe someter, los procesos de control de calidad y los requisitos para su comercialización.
Menciona las precisiones que debe contener la información comercial de la bebida y la denominación, etiquetado y especificaciones de las bebidas elaboradas que contienen tequila.
Esta norma cancela la NOM-006-SCFI-2005 denominada “Bebidas alcohólicas. Tequila-Especificaciones” publicada el 6 de enero de 2006.
No obstante y en una resolución por separado, la dependencia modifica ciertas especificaciones, entre ellas una que excluye al productor de obtener el Certificado de Aprobación de Envasadores de Tequila que otorga la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía.
Aclara además que el envasador que no es un productor autorizado no debe utilizar más de un proveedor de tequila por marca y por clase y sólo puede hacerlo si obtiene el dictamen favorable por parte del Organismo Evaluador de la Conformidad.
Asimismo, agrega la dependencia, da cuenta de los requisitos del marcado y etiquetado de la bebida, en los que precisa que para no confundir a los consumidores se debe incluir información de la naturaleza y características, además de especificar el nombre del color.