Declaran quiebra de Interjet

Lima, Peru – February 1, 2019: Interjet Airbus A320neo airplane at Lima airport (LIM) in Peru.

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El proceso de quiebra de la aerolínea obliga al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles ratificar en 5 días al conciliador como síndico, o, en caso contrario, designar a uno.

El Juzgado 2° de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles dio a conocer que una vez vistos los autos del concurso mercantil de ABC Aerolíneas (Interjet), se declara la quiebra de la empresa con base en los artículos 167 a 172, 176, 178, 180 y 291 de la Ley de Concursos Mercantiles, de acuerdo con información del diario El Universal.

Por lo tanto, se declara abierta la etapa de quiebra de la aerolínea y se ordena al Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles que, en cinco días, ratifique al conciliador como síndico o en caso contrario designe uno distinto.

En tanto se efectúa dicha ratificación, la empresa, sus administradores, gerentes y dependientes, tendrán las obligaciones que la ley atribuye a los depositarios respecto de los bienes y derechos que integran la masa.

Asimismo, queda suspendida la capacidad de ejercicio de la aerolínea sobre los bienes y derechos que integran la masa concursal, los cuales serán administrados por el síndico.

Por lo tanto, se le ordena a la aerolínea, a sus administradores, gerentes y dependientes, que entreguen al síndico la posesión y administración de los bienes y derechos que integran la masa, con excepción de los inalienables, inembargables e imprescriptibles, lo que deberá realizar de manera inmediata y una vez que tenga conocimiento de la designación del citado síndico, de acuerdo con la resolución.

Afectación a terceros

Además, se ordena a las personas que tengan en su posesión bienes de la empresa que los entreguen al síndico; salvo los que estén afectos a ejecución de una sentencia ejecutoria para el cumplimiento de obligaciones anteriores al concurso mercantil.

La Ley de Concursos Mercantiles también prohíbe a los deudores de la comerciante, pagarle o entregarle bienes sin autorización del síndico, con apercibimiento de doble pago en caso de desobediencia.

En tanto, las acciones promovidas y los juicios seguidos por la empresa y las promovidas y los seguidos contra ella, que se encuentren en trámite al dictarse esta sentencia, que tengan un contenido patrimonial, no se acumularán al juicio concursal, sino que se seguirán por el síndico, para lo cual la empresa deberá informar al especialista de la existencia de dichos procedimientos al día siguiente de que sea de su conocimiento su designación.

El concurso mercantil de Interjet no fue solicitado por la empresa, sino por el demandante Aguilar Amilpa Abogados; la aerolínea se declaró en concurso mercantil el 29 de agosto del año pasado.

Actualmente, hay más de 5,000 trabajadores de Interjet en huelga, en espera de que, con el remate de los bienes, se les pueda pagar los 1,800 millones de pesos que les debe la aerolínea.