Multa CRE a Iberdrola con 9,145 mdp por no atender contratos originales: medios

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La Comisión Reguladora de Energía (CRE) multó a con 9 mil 145 millones 388 mil 400 pesos por la venta de energía a clientes que no estaban como socios originales en el permiso de autoabastecimiento, consignó la Agencia Reforma.

La información señala que de acuerdo con la resolución emitida por el regulador, el permisionario contravino lo establecido en el artículo 36, fracción l, inciso a de la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE), que establece que no se debe vender energía eléctrica a terceras personas físicas o morales que no fueren socios de la misma, al aprobarse el proyecto original que incluya planes de expansión.

El diario El Sol de México, a su vez, señala que la CRE dijo que la conducta descrita “es antijurídica, toda vez que deviene en una afectación a los bienes jurídicos tutelados por las normas que imponen la obligación a la permisionaria de no vender, revender o por cualquier acto jurídico enajenar capacidad o energía eléctrica”.

“Del periodo de 1 de enero de 2019 al 31 de agosto de 2020, que abarcan los Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) proporcionados por la Administración General de Hidrocarburos del SAT, se advierte que la permisionaria comercializó la energía eléctrica generada por la central vendiéndola a sus socios, en contravención de lo previsto”, subrayó la CRE en su resolución, cita El Sol.

En el mismo documento, y en el reverso de la moneda, la empresa argumentó que las pruebas presentadas por la autoridad no son “válidas” para demostrar la venta de energía eléctrica a terceros no establecidos.

“La Comisión pretende sustentar que la permisionaria llevó a cabo la venta de energía eléctrica a sus socios autoabastecidos principalmente con las facturas solicitadas y proporcionadas por el SAT.

“Conforme al principio general de exclusión de la prueba ilícita, cualquier prueba obtenida directa o indirectamente con violación a los derechos fundamentales deberá ser considerada inválida y no puede ser tomada en cuenta para orientar y formular una acusación contra el particular”, consigna el medio sobre la postura de Iberdrola.

La autoridad imputó a lberdrola Energía Monterrey, titular del permiso para generar energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento las siguientes conductas, hechos e infracción: “Acto u omisión que se imputa: Iberdrola Energía Monterrey, en su calidad de permisionaria de generación de energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento, vende la energía eléctrica generada por la central eléctrica en contravención del artículo 36, fracción I, inciso a), segundo párrafo, numeral 4) de la LSPEE y 90, fracción I del Reglamento de la LSPEE”.

Matices

La Agencia Reforma precisó que Iberdrola Energía Monterrey administra la central “Dulces Nombres”, cuyo contrato de interconexión venció 1 de febrero pasado; “pese a solicitar a la CRE un cambio en su permiso de autoabasto por uno de generación para continuar su operación, le fue negado, por lo que se le había ordenado el paro total de sus unidades”.

Iberdrola presentó amparos contra la medida de la autoridad ante el juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones quién otorgó el 22 de marzo una suspensión definitiva a favor de la quejosa, con lo que se ordenó la reconexión y suministro de energía, indica el medio.