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El presidente López Obrador emitió la tarde de este jueves un nuevo decreto que insiste en clasificar a los proyectos prioritarios del sexenio como de seguridad nacional y de interés público.
De acuerdo con lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al ser considerados como seguridad nacional e interés público, la información relativa a su edificación podría considerarse reservada de manera temporal.
La publicación de este nuevo decreto sucedió horas después de que la Suprema Corte declarara inconstitucional el acuerdo publicado por el Ejecutivo federal en noviembre del 2021, el cual declaraba como de seguridad nacional las obras de infraestructura.
Los proyectos en cuestión comprenden los polos de desarrollo para el bienestar, el Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, así como los aeropuertos de Palenque, Chiapas; de Chetumal y de Tulum, Quintana Roo.
En este sentido, la publicación hecha en la edición Vespertina del DOF puntualiza que el Gobierno de México entiende a la Seguridad Nacional como una “condición indispensable” para garantizar la integridad y la soberanía nacionales, señala el artículo publicado en el DOF, libres de amenazas al Estado, en busca de construir una paz duradera y fructífera.
Dentro de la Carta Magna, el concepto de Seguridad Nacional se respalda en el artículo 89 constitucional fracción VI, donde se establece la facultad del titular del Poder Ejecutivo, es decir el Presidente, para “preservar la Seguridad Nacional, en términos de su ley respectiva, y disponer de la totalidad de la fuerza armada permanente para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación”.
El presidente publicó este nuevo decreto con las firmas de los secretarios de Gobernación, Defensa Nacional y Marina, cuando el Instituto Nacional de Acceso a la Información mantiene inhabilitado el pleno por falta de comisionados, lo que le impide promover una controversia como lo hizo en 2021 ante la publicación del primer decreto.
En el nuevo decreto se establece que la Seguridad Nacional implica la gestión del bienestar colectivo, el pleno ejercicio de las libertades cívicas y el establecimiento de las condiciones de justicia, paz y seguridad, que propicien la prosperidad y el desarrollo sostenible para la nación.
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