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Se estima que la pandemia de COVID-19 ha dejado al menos a 146, 847 niños, niñas y adolescentes huérfanos, ya que el 42% de los fallecidos eran padres de familia. De estos, alrededor de 33, 342 eran madres y 97, 951 padres, sumados a las 131, 293 muertes producto de la violencia.
Sin embargo, en México no se conocen datos precisos de los niños, niñas y adolescentes en situación de orfandad, por ello, el coordinador de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, promovió una iniciativa que busca crear una legislación nacional de registro de orfandad.
A través de un comunicado se dio a conocer que el objetivo de esta es que integre, concentre y sistematice los datos derivados de las múltiples causas que ocasionan la pérdida de los padres en el caso de este sector de la población.
“Dichas cifras son solo aproximadas, pues no integran la totalidad de los datos ofrecidos por todas las instituciones del Estado de cada entidad federativa, como pueden ser las procuradurías de menores, los DIF nacional y estatales, entre otras.” expresó.
Asimismo, Monreal indicó que la existencia de este registro es necesaria para identificar la vulnerabilidad en la que quedan los NNAs ante la pérdida de su madre, padre o persona tutora y de este modo poder garantizar sus derechos humanos.
Además, Monreal Ávila, también reveló que la propuesta legislativa, dentro de su apartado transitorio, contempla un mínimo de previsiones que deberá de contemplar la legislación referida como son:
Los datos que favorezcan las acciones del Estado orientadas a garantizar los derechos humanos de los NNA en términos del artículo 1 constitucional.
Así, también, el debido tratamiento de los datos personales en términos de las leyes en la materia; un sistema de consulta digital, los criterios para clasificar la información como reservada o confidencial, quienes son los autorizados para acceder a la base de datos del Registro y los niveles de acceso.
En este sentido, las atribuciones de los servidores públicos que desempeñen funciones en el Registro y sus responsabilidades en la recepción, administración y seguridad de la información.
Del mismo modo, la actuación que deberá desplegar el Registro y su personal en caso de hechos que pongan en riesgo o vulneren su base de datos.
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