Presenta ciudadano mexicano alegato vs Cadereyta ante Comisión Medio Ambiente del T-MEC

Conflicto comercial en el marco del T-MEC
Conflicto comercial en el marco del T-MEC por política energética discriminatoria de México

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El peticionario afirmó ante la entidad que México no cumple efectivamente con las leyes ambientales encargadas de regular las emisiones de la Refinería, ubicada en el estado de Nuevo León, ni tampoco gestiona la contaminación del aire resultante en el área metropolitana de Monterrey, con una población de 7 millones de personas.

La Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA), creada en el seno del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte del T-MEC, dijo el martes que el día previo recibió la petición de un ciudadano mexicano que afirma que México no cumple efectivamente con las leyes ambientales que regulan las emisiones de la Refinería Cadereyta de Petróleos Mexicanos (Pemex), ubicada en Nuevo León.

El peticionario afirmó además que México tampoco gestiona la contaminación resultante de la Refinería en el área metropolitana de Monterrey, con una población de 7 millones de personas.

La petición es la SEM-24-002 y fue presentada en virtud del Capítulo 24 del acuerdo comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC/CUSMA), dijo la CCA.

El ciudadano afirma que México no está abordando los problemas de contaminación del aire causados por la operación de la refinería de petróleo, propiedad de Pemex y operada por la propia empresa, y que el fenómeno ha empeorado en los últimos cinco años, pese a las quejas de los residentes de la entidad federativa ante autoridades federales.

“El peticionario alega que México no está aplicando eficazmente las leyes ambientales para gestionar las emisiones al aire y que la contaminación resultante de la instalación afecta el área metropolitana de Monterrey, que tiene una población de 7 millones de personas”.

El ciudadano citó disposiciones de la Constitución mexicana, la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección al Ambiente en el Sector de Hidrocarburos (Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos).

También mencionó disposiciones de la Ley de Responsabilidad Ambiental y otros instrumentos regulatorios.

El Secretariado del CCA revisará la presentación y determinará dentro de los próximos 30 días, si cumple con los requisitos de los Artículos 24.27(1), (2) y (3) del instrumento USMCA/CUSMA.