Tiempo de lectura aprox: 3 minutos, 24 segundos
En el Diario Oficial de la Federación se publicó este miércoles la declaratoria de tres Polos de Desarrollo de Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (CIIT), los cuales se ubican en las áreas Matías Romero Avendaño, Santa Maria Mixtequilla y Ciudad Ixtepec, en Oaxaca. Estos dos últimos con potencial para uso de energía eólica.
El organismo publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) tres acuerdos de declaratoria de “Polo de Desarrollo para el Bienestar” y delimitó las áreas geográficas del Istmo de Tehuantepec donde se ubica cada zona estratégica.
Cada uno de estos puntos estratégicos cumplen con nueve criterios evaluados por las autoridades, entre ellos están su localización y conectividad, criterio poblacional, de consulta indígena, educativo y de factibilidad industrial.
Es decir, deben contar con un uso de suelo industrial y deben estar fuera de la delimitación de áreas naturales protegidas.
Polo de desarrollo Matías Romero Avendaño
Para el caso de Matías Romero Avendaño, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec delimitó y ubicó una extensión de más de 179 hectáreas. Este polo de desarrollo cuenta con una ubicación estratégica, ya que se ubica a 110 metros de la Carretera Federal MEX-185, y a 113 kilómetros del Aeropuerto Nacional de Ixtepec, lo que le otorga un potencial de conectividad hacia otros mercados nacionales e internacionales, según el documento.
Para el desarrollo de las actividades productivas en el Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero, de acuerdo con el DOF, son vocaciones productivas, prioritarias y potenciales las siguientes:
1. Eléctrica y electrónica.
2. Semiconductores.
3. Automotriz (electromovilidad), autopartes y equipo de transporte.
4. Dispositivos médicos.
5. Farmacéutica.
6. Agroindustria.
7. Equipo de generación y distribución de energía eléctrica (energías limpias).
8. Maquinaria y Equipo.
9. Tecnologías de la Información y la Comunicación.
10. Metales.
11. Petroquímica.
El gobierno señaló que la superficie destinada al Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero Avendaño se ubica fuera de la delimitación de las áreas naturales protegidas conforme al oficio número DGOR/0310/2023 de la Dirección General de Operación Regional de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
Por su parte, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas mediante oficio DG/CGDI/2023/OF/190 emitió dictamen sobre la improcedencia de la consulta indígena en la superficie destinada al Polo de Desarrollo para el Bienestar Matías Romero Avendaño, decretando lo siguiente:
“[…] no es necesario implementar un proceso de consulta indígena por la afectación a las tierras de comunidad alguna con motivo del proyecto “Polo de Desarrollo Matías Romero (Donají)”
Polo de desarrollo Santa María Mixtequilla
En este tramo, las autoridades informaron que la manufactura y el desarrollo industrial podrán aprovechar más de 502 hectáreas. La superficie del Polo de Desarrollo para el Bienestar Santa María Mixtequilla cuenta con una ubicación estratégica, debido a que tiene frente carretero de aproximadamente 1,5 km sobre la Carretera Federal MEX-185 D, así mismo tiene frente sobre la Carretera Federal MEX-190D en alrededor de 2.8 km, y se localiza a 33 km del Aeropuerto Nacional de Ixtepec, con un potencial de conectividad hacia otros mercados nacionales e internacionales.
Para el desarrollo de las actividades productivas en este Polo, las vocaciones productivas, prioritarias y potenciales son:
1. Eléctrica y electrónica.
2. Semiconductores.
3. Automotriz (electromovilidad), autopartes y equipo de transporte.
4. Dispositivos médicos.
5. Farmacéutica.
6. Agroindustria.
7. Equipo de generación y distribución de energía eléctrica (energías limpias).
8. Maquinaria y Equipo.
9. Tecnologías de la Información y la Comunicación.
10. Metales.
11. Petroquímica.
Sin embargo, se informó que debido a que la superficie destinada a este Polo es susceptible de afectar a la comunidad indígena y agraria de Santa María Mixtequilla, se informó que se pretende adquirirle a los propietarios sus tierras sujetas al régimen comunal “por lo que es necesario implementar un proceso de consulta libre, previa e informada…”.
Con base en esto, se dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación que en mayo de 2021 se emitió el Acta de Asamblea General Comunitaria para el Desahogo de la etapa Consultiva del Proceso de Consulta Previa, Libre e Informada que establece como primer acuerdo que la comunidad de Santa María Mixtequilla, a través de su Asamblea General, otorgó “su consentimiento para la implementación en sus territorios del Polo de Desarrollo para el Bienestar propuesto por el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec”.
Polo de desarrollo Ciudad Ixtepec
El polo de desarrollo Ciudad Ixtepec tiene una extensión de aprovechamiento superior a las 412 hectáreas. El área delimitada, de acuerdo con el DOF, se ubica sobre la Carretera Federal MEX-185 D y es cercana a la Carretera Estatal Ixtepec – Guevea de Humboldt y al Aeropuerto Nacional de Ixtepec, lo que también representa un potencial de conectividad hacia otros mercados nacionales e internacionales.
Las actividades productivas en el Polo de Desarrollo para el Bienestar Ciudad Ixtepec son:
1. Eléctrica y electrónica.
2. Semiconductores.
3. Automotriz (electromovilidad), autopartes y equipo de transporte.
4. Dispositivos médicos.
5. Farmacéutica.
6. Agroindustria.
7. Equipo de generación y distribución de energía eléctrica (energías limpias).
8. Maquinaria y Equipo.
9. Tecnologías de la Información y la Comunicación.
10. Metales.
11. Petroquímica.
Sin embargo, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas determinó que el desarrollo de este polo es susceptible de afectar a la comunidad indígena y agraria de Ciudad Ixtepec. Tomando en cueta lo anterior, informaron que se pretende adquirirle a los propietarios sus tierras “ sujetas al régimen comunal, por lo que es necesario implementar un proceso de consulta libre, previa e informada”.
Para resolver este punto, se dio a conocer que en mayo 2021 se emitió el Acta de Asamblea General Comunitaria para el Desahogo de la etapa Consultiva del Proceso de Consulta Previa, Libre e Informada que establece como primer acuerdo:
“Por consenso, la Asamblea General de Ciudad Ixtepec como máximo órgano de decisión de la comunidad indígena otorga su consentimiento y, en consecuencia, autoriza la implementación del Polo de Desarrollo para el Bienestar en sus tierras comunales y en el ámbito de su comunidad. Lo anterior, en ejercicio de su derecho de autonomía y libre determinación”.
También te puede interesar: Emite Gobierno decreto para otorgar incentivos fiscales a empresas reubicadas en Mexico