¿En que consiste la denominada “ley silla”?

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Por Antonio Avalos Gutiérrez; 
Abogado empresarial, especialista en derecho laboral, socio fundador de la firma ANTAVI Corporativo y docente de la Universidad Panamericana

Los últimos meses han presentado reformas fundamentales y significativas en la Ley Federal del Trabajo que han generado debates cruciales e interesantes en torno a la misma, donde tenemos posturas divergentes ya que por un lado hay quienes afirman que éstas reformas buscan mejorar las condiciones laborales de los trabajadores y dignificar su labor ya que no se había presentado ninguna a favor de ellos en más de 50 años, pero por el otro lado hay quienes afirman que “golpean” al gremio empresarial al otorgar mayores beneficios y derechos a la clase trabajadora y por ende mayores costos para las empresas del país. En medio de este debate, ha surgido una nueva propuesta que ha acaparado la atención de la población y que se le ha denominado la “Ley Silla”.

Es importante aclarar que esta iniciativa, no es una nueva ley, sino una iniciativa de reforma a los artículos 132 y 133 de la Ley Federal de Trabajo vigente; de acuerdo con su exposición de motivos esta iniciativa de reforma promete implementar cambios significativos en la forma en que las personas son tratadas en su entorno laboral en consecuencia de las actividades que realizan dentro de las empresas

Esta iniciativa surgió en Agosto de 2023 con el objetivo de garantizar que todas áquellas personas que realicen actividades que impliquen estar de pie durante largos períodos de tiempo, tengan derecho a una silla para descansar durante su jornada laboral, los ejemplos más claros que se verían beneficiados con esta iniciativa serían los cajeros, meseros y agentes de seguridad privada, que por la naturaleza de su trabajo se ven obligados a mantenerse durante mucho tiempo de pie.

Si bien es cierto el artículo 132 en su fracción V de la Ley Federal del Trabajo actual, establece la obligación para los patrones de mantener el número suficientes de asientos o sillas a disposición de los trabajadores en las casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo análogos, pareciera que a los patrones se les ha olvidado esta obligación legal, argumentando que al proporcionar sillas o asientos a sus trabajadores, éstos bajan la productividad y la atención al cliente.

¿Entonces al existir esta disposición actualmente que plantea la denominada “Ley Silla?

La iniciativa de ley persigue tres objetivos claros: primero, obligar a los patrones a otorgar sillas con respaldo a todos sus trabajadores, segundo prohibir que las compañías nieguen asientos a sus empleados y tercero otorgar tiempos de descanso dentro de la jornada laboral para evitar lesiones o enfermedades a los trabajadores que pasan largos períodos de tiempo de pie, tales como insuficiencia venosa, lesiones en las rodillas, dolores musculares, lumbalgias, entre otras, el proyecto también añadiría una sanción para las empresas que no cumplan con esta disposición con una multa que oscila entre los $25,935 y hasta $259,350 pesos dependiendo de la capacidad económica del patrón, la reincidencia y el número de trabajadores que posea.

Aunque esta regulación parece nueva en México, no lo es en el mundo, ya que países como Chile cuenta con este derecho desde 1914 y Argentina desde 1935.

Esta iniciativa es la representación de un cambio en la forma en que se percibe y se trata a los trabajadores reconociendo la importancia de su bienestar dentro de sus actividades. Aunque todavía falta que atraviese todo el complejo proceso legislativo para ser aprobada la reforma a los artículos 132 y 133 de la Ley Federal del Trabajo e incluso sufra cambios en su proyecto original, está tomando fuerza en la agenda legislativa, pero principalmente en la agenda social de nuestro país.