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La calificadora internacional indicó que la acción representa un evento de incumplimiento bajo los términos y condiciones de la deuda inicialmente pactados, y conforme a la documentación legal vigente, con un pago del principal de alrededor de 55 millones de pesos de sus certificados bursátiles, el cual venció hoy
La calificadora internacional S&P Global rebajó el miércoles la calificación de deuda en escala nacional de Desarrollos Eólicos Mexicanos de Oaxaca 1 (Demex 1), del nivel “mxCC” a “D”, o default, y ante el incumplimiento de pago del principal de una emisión de certificados bursátiles de la empresa por aproximadamente 55 millones de pesos (mdp), el cual venció hoy.
La acción de Demex 1 está en línea con el anuncio que había realizado el representante común de la empresa el 19 de enero, cuando informó que únicamente se pagarían los intereses devengados, conforme a los acuerdos adoptados en una asamblea de tenedores realizada el 13 de diciembre pasado.
“En nuestra opinión, lo anterior representa un evento de incumplimiento bajo los términos y condiciones de la deuda inicialmente pactados y conforme a la documentación legal vigente, el cual contempla un pago de principal por alrededor de 55 millones de pesos mexicanos”, apuntó la agencia de riesgos crediticios.
En la asamblea del 13 de diciembre, de acuerdo con información de S&P Global, los tenedores de la deuda de Demex 1 aprobaron la reestructura de la emisión del proyecto, la cual tendría efectos a partir de la fecha de celebración de la asamblea, “a pesar de que el canje no se ha formalizado y no se tiene una fecha previsible para la formalización y el canje del bono”.
Demex 1 es un parque eólico de 90 mega watts (MW) de capacidad instalada, el cual se compone de 45 turbinas con capacidad de 2 MW cada una, que se ubica en el Municipio de Unión Hidalgo, en el Estado de Oaxaca y que opera desde 2012.
La calificadora internacional consigna que en 2008, el proyecto Demex 1 suscribió un contrato de autoabastecimiento por el 100% de la energía eléctrica producida con Grupo Bimbo S.A.B. de C.V. por un plazo de 18 años y con vencimiento en 2030, “el cual coincide con el vencimiento de la deuda emitida por Demex 1, de acuerdo con el título de la emisión vigente”.
Demex 1, que es una empresa pública a partir del 10 de diciembre de 2015; según información de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) es una Sociedad Anónima Promotora de Inversión (Sapi) o una empresa de propósito específico constituida el 14 de julio de 2008 para la construcción, financiamiento, operación y mantenimiento del Parque Eólico denominado Oaxaca I, con una capacidad instalada de 90 MW.
El 4 de junio de 2009, la empresa obtuvo un permiso de autoabastecimiento de energía eléctrica para el Parque Eólico por parte de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), el cual fue modificado mediante resolución RES/240/2012 del 5 de julio de 2012.
Dentro de las nuevas actividades autorizadas se encuentran la conducción, transformación y entrega de la energía eléctrica generada en el Parque Eólico, la cual deberá destinarse exclusivamente a la satisfacción de las necesidades de autoabastecimiento de los socios autoconsumidores.
El Contrato de Autoabastecimiento se celebró el 2 de diciembre de 2008 entre la Compañía y el Grupo Bimbo (los socios autoconsumidores) con un plazo de 18 años a partir del 1 de noviembre de 2012 y con un vencimiento legal hasta el 2030, que se podrá ampliar por dos plazos adicionales de 5 años cada uno, conforme a la información de la empresa a la BMV.
Conflictos federales
El 18 de marzo de 2021, la empresa dio cuenta al público inversionista del seguimiento de demandas de amparo indirecto interpuestas contra el Acuerdo para garantizar la eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional, con motivo del reconocimiento de la epidemia de enfermedad del virus Covid-19, expedida por el gobierno federal.
La demanda de amparo indirecto fue presentada en contra del Acuerdo el 12 de junio de 2020 ante el Juzgado Segundo de Distrito Especializado bajo el número de expediente 128/2020, el 23 de octubre de 2020 y el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones concedió el amparo a Demex 1.
“Para dar cumplimiento a la sentencia de amparo, se le requirió al CENACE para que en el plazo de tres días contados a partir del día siguiente en que cause ejecutoria la misma, a realizar una publicación en su página de internet, en la que comunique la información correspondiente”, dijo Demex 1 con relación a la comunicación con el Centro Nacional de Control de Energía del gobierno de México, en esa fecha.
“Es importante mencionar que la sentencia de amparo dictada en favor de la Emisora surtió efectos generales por lo que el Acuerdo, sus disposiciones y su Anexo Técnico tampoco le resultarán aplicables a los participantes del Mercado Eléctrico Mayorista”, afirmó en 2021.
La empresa también mencionó en esa fecha que el Juzgado Primero de Distrito Especializado le otorgó la suspensión definitiva del acto reclamado, por lo que la demanda de amparo indirecto presentada en contra “de la Política” el 15 de junio de 2020 le fue favorable; “la Política no podrá serle aplicada sino hasta la conclusión del juicio de amparo”, dijo.
Demex 1 también dio cuenta de que la Secretaría de Energía de la actual administración, “a fin de combatir el otorgamiento de la suspensión definitiva anterior” presentó ante tribunales colegiados del Primer Circuito, un recurso de revisión en contra de la resolución por la cual se le concedió la suspensión definitiva del Acuerdo.
Con fecha 3 de diciembre de 2020, de acuerdo con la información de la empresa entregada a la BMV el 18 de marzo de 2021, los magistrados del Segundo Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, mediante sesión ordinaria vía remota “resolvieron que dicho recurso de revisión era infundado, por lo que dicha resolución no podrá ser combatida nuevamente y la suspensión definitiva surtirá plenos efectos hasta la conclusión del juicio de amparo indirecto y de los recursos que sean presentados en su contra, de ser el caso”.
El 10 de marzo de 2021, el Juzgado Primero de Distrito Especializado decretó el sobreseimiento fuera de audiencia del juicio de amparo indirecto, en virtud de haberse actualizado la causal de improcedencia.
La información de la empresa dice que los efectos del acto reclamado cesaron, a consecuencia de la publicación en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2021 del Acuerdo por el que se deja insubsistente el Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional.
Contra reforma eléctrica
El 18 de marzo de 2021, Demex 1 también hizo del conocimiento de inversionistas que el 9 de marzo de 2021, la Secretaría de Energía publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
La empresa dijo que consideró que las disposiciones de la Reforma LIE y su aplicación resultan inconstitucionales y perjudiciales para sus actividades, por lo que 11 de marzo de ese año, interpuso una demanda de amparo en contra de la reforma a la LIE; el 17 de marzo el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones admitió la demanda de amparo.
El 23 de marzo de 2021, de no diferirse, la autoridad legal debió determinarse si se otorga o no la suspensión definitiva contra la reforma eléctrica.
Demex 1 dejó de informar al público inversionista de la BMV desde esa fecha. Desarrollos Eólicos Mexicanos (Demex) responsable de la operación de los proyectos Oaxaca I y Oaxaca II dejó de dar información desde el 2017, conforme al estado de su sitio institucional.
Hasta el 18 de marzo de 2021, de acuerdo con los registros de Demex 1 en bolsa, Sergio González Peinado figuraba como gerente nacional de la empresa, y José Manuel Olea Avilés, como director de finanzas; el consejo de administración era presidido por Jaime Galobart Sánchez-Marco.
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