Diputados aprueban Reforma Energética y la envían a congresos locales

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La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la minuta que modifica los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución en materia energética, que ahora será enviada a los congresos locales para su análisis y dictamen.

Con 353 votos a favor, 134 en contra y cero abstenciones se aprobó la Reforma Energética que fue turnada a los congresos de los estados y una vez que la mitad más uno la aprueben será enviada al Ejecutivo para su publicación y que pueda entrar en vigor.

Con estas reformas se permitirán los contratos con particulares en la exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo de México. Según la minuta, respecto a minerales radioactivos no se otorgarán concesiones.

En los artículos transitorios se prevé que la ley establecerá la forma y los plazos, los cuales no podrán exceder 2 años a partir de la publicación de este decreto, para que los organismos descentralizados Petróleos Mexicanos (Pemex) y Comisión Federal de Electricidad (CFE) se conviertan en empresas productivas del Estado.

En tanto se lleva a cabo esta transición, Pemex y sus organismos subsidiarios, así como la CFE, “quedan facultados para recibir asignaciones y celebrar los contratos a que se refiere el presente decreto”.

De acuerdo con un comunicado de la Cámara de Diputados, con estas reformas constitucionales la producción de petróleo se podría incrementar en cerca de 1.5 millones de barriles de crudo diarios adicionales para 2025, lo que representa un aumento de 60 por ciento respecto de la producción actual.

En el caso del gas natural, la producción podría aumentar para ese mismo año, aproximadamente a 7.3 miles de millones de pies cúbicos diarios, más del doble de la producción actual.

El incremento en la inversión podría generar un impacto positivo en el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) de alrededor del 1 por ciento anual en 2018 y hasta 1.6 por ciento anual antes de 2025.

El dictamen crea el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, cuya institución fiduciaria será el Banco de México y tendrá como objetivo, en los términos que establezca la ley, recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y los contratos a que se refiere el artículo 27 de esta Constitución, con excepción de los impuestos.

Dentro de los 120 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto, el Congreso deberá realizar las adecuaciones al marco jurídico para “regular las modalidades de contratación que podrán ser de servicios, de utilidad o producción compartida o de licencia”.

Entre los esquemas de contraprestaciones se deberán regular las siguientes: en efectivo para los contratos de servicio, con un porcentaje de utilidad y para los contratos de utilidad compartida.

El nuevo régimen establece que las leyes respetarán en todo momento los derechos laborales de los trabajadores que presten sus servicios en los organismos, dependencias y entidades públicas dedicadas a las actividades de exploración y extracción del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, así como en las distintas actividades a cargo de la CFE.

Se indica que el propósito de estas disposiciones es sentar las bases de una adecuada interrelación entre dichos organismos y las empresas privadas, que a partir de la entrada en vigor del decreto podrán participar en la ejecución de la exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo de México.