INAI advierte que Fan ID debe cumplir con Ley de Protección de Datos Personales.

Fan ID implementado antes en el Mundial Rusia 2018 / Imagen: Getty

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De acuerdo con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), las nuevas medidas para garantizar seguridad en los estadios de México deben cumplir con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP).

Luego del altercado ocurrido el pasado 5 de marzo en el estadio queretano La Corregidora, la Federación Mexicana de Futbol (FMF) en conjunto con la Liga BBVA MX, establecieron el proyecto Fan ID, es decir, un protocolo que consta en recabar información de cada persona que ingrese a un estadio. Dicha medida incluye reconocimiento facial y datos biométricos.

El INAI responde ante tal situación, pues son datos sensibles que deben protegerse ya que está de por medio el derecho a la privacidad y a la protección de datos personales. “Es de relevancia mencionar que el tratamiento de datos personales sensibles implica el consentimiento expreso y por escrito de todos y cada uno de los titulares respecto de los cuales se trata el dato, pues es información personal que merece una especial protección”, menciona el comunicado emitido por la institución la tarde de este 22 de marzo.

Resalta que así como es importante asentar medidas de seguridad en los partidos de futbol, pues se trata de eventos masivos, también es indispensable hacerlo apegándose a la ley. Menciona en el artículo 6° “que los responsables en el tratamiento de datos personales debera?n observar los principios de licitud, consentimiento, informacio?n, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad”.

Además de que en el principio de proporcionalidad se establece que quienes se responsabilicen del tratamiento de los datos, únicamente podrán solicitar datos que sean necesarios, adecuados y relevantes que cumplan con la finalidad para lo que fueron obtenidos, y destaca que deben procurar solicitar el menor número posible de datos personales.

El principio de finalidad también subraya la importancia del Aviso de Privacidad, pues es la herramienta que respalda a los y las titulares de los datos para que su información se utilice para los propósitos ahí establecidos. Por otro lado, permite que quienes se encarguen de recolectarlos transparenten el tratamiento o uso de dicha información privada.

Estos últimos, además de hacer cumplir las obligaciones ya mencionadas, también se responsabilizarán de rendir cuentas con respecto al tratamiento de la información recolectada que posean. Asimismo, deberán establecer medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas que resguarden los datos contra daño, pérdida, alteración, destrucción, acceso o uso no permitido.

Finalmente, el INAI ofrece asesoría a quienes se encarguen de dicha labor, con el objetivo de resguardar los datos personales y garantizar la privacidad de la gente que asiste a los eventos deportivos.