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La mayor organización de financieros, que aglutina las propuestas de directores generales de empresas y directores de finanzas, ve próxima una Reforma Fiscal en el país. La certeza jurídica de contribuyentes debe anteceder a una serie ajustes, dice.
El Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) aseveró que una Reforma Fiscal, que ve como prioridad para la siguiente Administración Federal, deberá incluir una serie de aspectos, cinco en total, que califica de torales.
Estos son un marco que dé seguridad y certeza jurídica a los contribuyentes. En segundo término, indica, está el empadronamiento de la economía informal.
El tercero se relaciona con aumentar las deducciones personales y autorizadas de gastos, sobre todo aquellos que efectúan los contribuyentes en alimentación y salud, por ejemplo, los cuales “deberían ser cubiertos por el Estado”.
En un cuarto punto, el IMEF enuncia la simplificación administrativa para el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Por último, pone de relieve la rendición de cuentas y la transparencia en el ejercicio del gasto público.
En preguntas contestadas a Fortuna, Teresa Rodríguez Bastidas, presidente del Comité Técnico Nacional de Estudios Fiscales del IMEF, resalta las prioridades, que, de acuerdo con la organización de financieros de más peso en el país, debe contener una Reforma Fiscal.
“El tema más delicado que los contribuyentes han percibido en los últimos años es la falta de seguridad y certeza jurídica”, afirma Rodríguez.
Vicios
La ejecutiva señala que en los últimos años, el país no vio reformas que hayan representado “una modificación sustantiva” o de gran calado a la normatividad tributaria.
Sin embargo, el impasse no significó que los contribuyentes en general no hayan resentido medidas que se han aplicado a discreción.
“…lo cierto es que el panorama fiscal sí se ha visto modificado mediante la incorporación de nuevas facultades discrecionales a las autoridades fiscales, o bien, mediante nuevos supuestos que las detonan”, asegura la ejecutiva.
A finales del año pasado, una de las medidas que causó más revuelo fue contemplar la prisión preventiva oficiosa para las personas que incurrieran en delitos fiscales.
En general, la prisión preventiva oficiosa esta establecida en el artículo 19 de la Constitución, y en 2019 fueron incorporados delitos adicionales; la propuesta toral permitía a los jueces de control realizar automáticamente la imposición, sin tomar en cuenta los argumentos de las partes.
En noviembre de 2022, con seis votos contra cinco, la Suprema Corte rechazó interpretar que la figura de la prisión preventiva oficiosa debe aplicarse en forma no automática.
Al no alcanzar una mayoría calificada, no obstante, no se declaró su inconstitucionalidad, aunque se estableció la prisión preventiva no oficiosa como una medida cautelar no automática.
Rodríguez señala que, según lo expresado por la Suprema Corte de Justicia en materia fiscal, la seguridad jurídica constituye uno de los pilares sobre los que descansa el sistema fiscal mexicano.
Esta base resalta que el contribuyente no se encuentre en una situación de incertidumbre jurídica y, por lo tanto, en un estado de indefensión, resaltó la ejecutiva.
El contenido esencial de ese principio radica en poder tener pleno conocimiento sobre la regulación normativa prevista en la ley y sobre sus consecuencias, de forma tal que se logre tener la certeza en el derecho y ausencia de arbitrariedad, sostuvo.
“En este sentido, la legislación fiscal debiera tener un equilibrio mayor entre las facultades de las autoridades y los derechos de los contribuyentes, a fin de evitar, como sucede actualmente, un desmedido incremento de atribuciones que derivan en actuaciones arbitrarias”.