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Luego de que el empresario Ricardo Salinas Pliego declarara abiertamente su simpatía por el dinero virtual —específicamente por el Bitcoin— las autoridades financieras mexicanas salieron a declarar que los activos virtuales “no constituyen una moneda de curso legal en México ni tampoco son divisas bajo el marco legal vigente”.
Recientemente se difundió una entrevista en la que el tercer empresario más rico de México reconoció que ha dedicado mucho tiempo al estudio del Bitcoin y consideró que es un activo que debería estar en el portafolio de cualquier inversionista.
Todavía este lunes insistió en el tema y difundió a través de su cuenta de Twitter que “el secreto de invertir en Bitcoin es comprar ahora y no vender. Solo vende con un propósito específico o por necesidad… y si inviertes bien, lo segundo no pasará. Diversificar tus inversiones es necesario e inteligente”.
Luego de la publicación, algunos medios de comunicación comenzaron a especular que las empresas de Salinas Pliego —concretamente Elektra y Banco Azteca— comenzarían a recibir pagos en criptomonedas.
Al respecto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público difundió un comunicado en el que advirtió que los activos virtuales no tienen valor intrínseco y que “suelen ser activos con un valor muy volátil y son considerados especulativos”.
“Si bien pueden ser intercambiados, no cumplen con las funciones del dinero, pues su aceptación como medio de pago es limitada y no son una buena reserva ni referente de valor”, añadió.
Desde marzo de 2019, la banca mexicana puede realizar operaciones con moneda virtual pero solamente en operaciones internas, previa autorización del Banco de México.
“Con base en la normativa en vigor, las instituciones financieras no están autorizadas a celebrar ni ofrecer al público operaciones con activos virtuales, tales como el Bitcoin, Ether, XRP, entre otros, incluidos los depósitos o cualquier otra forma de custodia, así como el intercambio o transmisión”, reiteró la SHCP.
“Las instituciones financieras que realicen y ofrezcan operaciones con los denominados ‘activos virtuales’ sin una autorización incurrirían en infracciones a la normativa y serán sujetos a las sanciones aplicables”, termina el comunicado de Hacienda.
Por Raúl Castro-Lebrija