COLUMNA | Estado de Derecho: Terrorismo, palabra que cuando grita se ahoga callando

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“La verdad se corrompe tanto con la mentira como con el silencio” -Marco Tulio Cicerón

 

El domingo 22 de febrero de este año, Henry un niño de 2 años de edad, fue con su papá a comprar una gelatina a una tienda 3B en Valle de Chalco, Estado de México. Repentinamente, irrumpen en el establecimiento un grupo de sujetos arrojando a diestra y siniestra líquidos inflamables y prendiendo fuego a todo; y a todos, incluyendo a Henry. Las investigaciones se encuentran en proceso, y habrá que ver cómo se terminan de tipificar los delitos cometidos y el establecimiento del móvil que condujo a los presuntos, aunque a partir de lo que se aprecia en el video de seguridad difundido, no hubo sustracción de bienes, ni discusión previa, identificación de víctimas objetivo, etc.; en otras palabras, aparentemente ese crimen no fue realizado por robo, a causa de riña o algún tipo de venganza. Lo que sí es un hecho, es que lamentablemente Henry murió el 12 de abril, después de 7 semanas de hospitalización en las que no pudo superar las graves heridas por quemadura que le infringieron. También es un hecho, que el asesinato de Henry sucede en el contexto de las reacciones que impactaron a 20 Entidades Federativas, a raíz del operativo y muerte de Nemesio Oseguera Cervantes “el Mencho” en Tapalpa, Jalisco; que dejó una estela de destrucción y pérdidas materiales de miles de millones de pesos, así como decenas de fallecidos y heridos. Los hechos violentos implicaron destrucción e incendio de automóviles, camiones, tiendas de conveniencia, farmacias y otros locales comerciales, sin que se evidenciara un interés patrimonial como causa de tales crímenes. Los grupos de victimarios dieron su mensaje a México y al mundo.

En octubre de 2024 Alejandro Arcos Catalán, 6 días después de asumir el cargo de Presidente Municipal de Chilpancingo, Guerrero, fue asesinado, decapitado y su cabeza exhibida sobre el toldo de un vehículo en la misma ciudad. Cabezas y restos humanos desmembrados, aparecen en hieleras y otros recipientes en Navolato y Culiacán, Estado de Sinaloa en el sangriento inicio del mes de julio de 2025. El mismo año, siendo 6 de diciembre, un coche bomba explota frente a las instalaciones de la policía comunitaria de Coahuayana, Michoacán, dejando un saldo de 5 muertos y 5 heridos graves. Ya en 2026, el 12 de febrero, hieleras con cabezas y restos humanos aparecen en Coatzacoalcos Veracruz. El día 24 de ese mes, de nuevo un coche bomba explota en San Juan de los Lagos, Jalisco, matando a dos elementos de la Guardia Nacional y dejando heridos a otros tres. Unos días después, el 5 de marzo otro coche bomba explota fuera de la comandancia de policía municipal de Luis Moya, Zacatecas. También en marzo, pero el día 28 un vehículo que sale del AIFA explota en plena marcha, al parecer por una bomba, falleciendo los dos pasajeros que transportaba. En realidad estos son sólo algunos ejemplos de la marea de sangre que baña nuestro país y que en la mayoría de los casos, se pretende ocultar con la repetición de frases frívolas y vacías como “es un ajuste cuentas”, pareciendo que para quienes las dicen, esto implica una esfera jurídica alterna en la que los delincuentes son como una especie de seres etéreos inimputables, las víctimas justificadamente tuvieron ese fin por andar en esos temas, y el hecho delictivo en su conjunto, pues sólo se anota a la cuenta de ese sujeto colectivo impersonal que tanto daño nos hace; el crimen organizado o simplemente CO. Hablar de colgados, calcinados, cabezas, desmembrados, etc. es normal e irrelevante, así son los ajustes de cuentas, así es el CO.

Con la finalidad tener mayores referencias, cabe enfatizar que el Código Penal Federal tiene un Capítulo especial para el delito de Terrorismo, que en la parte conducente dice:

“Artículo 139.- Se impondrá pena de prisión de quince a cuarenta años y multa de cuatrocientas a mil doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten:

A quien utilizando sustancias tóxicas, armas químicas, biológicas o similares, material radioactivo, material nuclear, combustible nuclear, mineral radiactivo, fuente de radiación o instrumentos que emitan radiaciones, explosivos, o armas de fuego, o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento, intencionalmente realice actos en contra de bienes o servicios, ya sea públicos o privados, o bien, en contra de la integridad física, emocional, o la vida de personas, que produzcan alarma, temor o terror en la población o en un grupo o sector de ella, para atentar contra la seguridad nacional o presionar a la autoridad o a un particular, u obligar a éste para que tome una determinación.…”

El tema se complicó internacionalmente de forma especial a partir de los atentados de Nueva York a las Torres Gemelas del 11 de septiembre de 2001, porque para octubre del mismo año ya estaba publicada y en vigor la conocida como Ley Patriota (Patriot Act) y modificada la legislación penal federal (U.S.C. 18), porque aunque comparten varios elementos en la conceptualización y entendimiento de los hechos de Terrorismo, a diferencia de nuestra regulación, estas tienen efectos extraterritoriales; en otras palabras, más allá de las fronteras de los Estados Unidos, y básicamente bajo esa idea en defensa de los intereses americanos y ante riesgos que amenacen su seguridad, es que fundamentan ciertos actos de fuerza en otros países. El punto entonces es que, más allá de que no es políticamente conveniente calificar gubernamentalmente un acto como Terrorismo en México, menos lo es si esa calificación es dada por las autoridades de USA al amparo de dichas legislaciones, aunadas a lo dispuesto por la Ley de Inmigración y Nacionalidad y la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional; que los faculta (conforme a su Derecho) a ejercer su poder incluso militar aún en otros países. Claro, el lector puede estar o no de acuerdo, considerar esta facultad como una transgresión al derecho internacional vigente (Carta de las Naciones Unidas incluida), al principio de no intervención y al de autodeterminación de los pueblos (que últimamente México observa con absurda ambigüedad ideológica), como supongo que tampoco coincidían con ello en Irán o Venezuela. Ahí una razón de peso, para no clasificar hechos notoriamente violentos como Terrorismo, aunque cumplieran los alcances del supuesto legal.

Así las cosas, con fecha 20 de enero de 2025 USA calificó a diversos grupos identificados como narcotraficantes con la etiqueta de Organizaciones Terroristas Extranjeras (FTO), ejerciendo las aludidas facultades, y volviéndolos en consecuencia objetivo para literalmente cazarlos jurídica y materialmente, incluyendo la persecución de personas y recursos relacionados (sujetos y dinero). Bajo el mismo tenor, el 15 de diciembre de 2025 se suscribe otra Orden Ejecutiva, mediante la cual se equipara el Fentanilo ilícito (ajeno a los fines médicos) a un Arma de Destrucción Masiva (WMD) por sus letales y rápidos efectos en quienes lo consumen, distinguiendo entonces entre lo pernicioso de los narcóticos (término genérico de drogas) y la fatalidad de un arma química como el Fentanilo, causante de la muerte de cientos de miles de estadounidenses. Para terminar de tender la camita, el 30 de junio de 2025 se publica en el Federal Register de USA, una serie de restricciones administrativas anunciadas previamente y que básicamente ponían un cerco financiero operativo en USA a 2 Bancos y 1 Casa de Bolsa mexicanos, crónica de una muerte anunciada bajo presunción de infracciones PLD/FT. Las continuas revelaciones y noticias, que vinculan y evidencian relaciones entre servidores públicos y funcionarios del partido gobernante, con grupos del CO catalogados como FTO por las autoridades americanas, vuelven el escenario nacional más complejo desde el punto de vista geopolítico. En términos cinematográficos, tal vez estamos frente a la famosa tormenta perfecta, considerando también las ideas expuestas en artículos previos publicados en Revista Fortuna como América, para los Americanos, Las Normas de la Ciberguerra, ¿En dónde está México? y los demás de la serie.

Para concluir, las cartas ya están echadas y es juego abierto, hay miles de muertos en hechos violentos y otros tantos desparecidos, en cada caso las fiscalías en la integración de las respectivas carpetas de investigación deciden, si los elementos tipifican como supuestos delictivos del fuero común y en qué casos, claramente hay substancia para perseguirse como Terrorismo; lo que es un hecho, es que jurídicamente ya se actualizó el temido supuesto de riesgo con nuestros vecinos del norte, y en nada contribuyen las políticas internacionales erráticas, ni las terribles noticias en materia de seguridad y combate a la corrupción que diariamente se conocen. Cuando la ideología prevalece, la razón perece. Todavía es tiempo de cambiar la estrategia, de implementar una franca coordinación y colaboración entre USA y México en beneficio de ambos pueblos, sin necesidad de fingir sorpresa cuando por cualquier razón se descubre algún operativo conjunto. La primera obligación de los gobiernos es proteger al pueblo que los nombró y del que dimana la desgastado concepto Soberanía; pueblo que tristemente es materia esencial de las referidas estadísticas y del que forman parte los cientos de policías, guardias nacionales y militares abatidos en estos años, y también tú y yo estimado lector.

 

Nota: Los espacios de opinión son responsabilidad del articulista

 

 

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