Columna | Sin filias ni fobias: Soberanía digital, el concepto que todos usan y nadie define

Soberanía digital,

Tiempo de lectura aprox: 2 minutos, 57 segundos

Héctor González

Cuando un término político se convierte en eslogan comercial, el debate público pierde más de lo que gana. La Unión Europea, el Partido Comunista de China, el sector privado y el Foro Económico Mundial usan la misma palabra para describir cosas radicalmente distintas, esa palabra tiene un problema. “Soberanía digital” se ha convertido en el comodín retórico de la política tecnológica global. Este concepto suena a autodeterminación, evoca poder legítimo, y por eso mismo nadie se atreve a cuestionarla. Pero debería.

En México, el concepto de soberanía no es ambiguo, de acuerdo con la Constitución, la soberanía “reside esencial y originariamente en el pueblo” y “todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste” y el propio gobierno la sintetiza con precisión: Soberanía significa independencia, es decir, un poder con competencia total. Es absoluta, perpetua, indivisible, inalienable e imprescriptible. No es una metáfora ni un ideal aspiracional, es una categoría jurídico-política con consecuencias institucionales concretas.

Esa definición mexicana es consistente con cinco siglos de teoría política. Desde Bodin hasta Rousseau, pasando por Hobbes y Locke, la soberanía exige tres condiciones simultáneas: Autoridad suprema, un sujeto político definido y un territorio delimitado. Quien dice soberanía dice que no hay instancia superior que pueda revocar su decisión dentro de su ámbito. Como lo resume Norberto Bobbio, el término designa el poder de mando en última instancia en una sociedad política — un poder supremo, exclusivo y no derivado.

“Soberanía digital”, en cambio, no cumple ninguna de esas condiciones de manera consistente. Cuando la UE la invoca para regular plataformas mediante el AI Act o el Digital Markets Act, el término se acerca a su significado clásico, un poder estatal que legisla dentro de su jurisdicción. Pero cuando el sector privado la ofrecen como un paquete de controles de nube —residencia de datos, cifrado, gobernanza de acceso—, la palabra ya no designa autoridad política sino un catálogo de producto con precio por licencia. Y cuando China la emplea para justificar el control estatal sobre flujos de información, el mismo término sirve de cobertura a la censura. Tres usos, tres significados, una sola palabra.

Lo revelador es que incluso quienes promueven el concepto reconocen el problema. En enero de 2026, el Foro Económico Mundial publicó Rethinking AI Sovereignty, en donde admite abiertamente que “la soberanía de IA se ha confundido con infraestructura de IA y centros de datos”. Su propuesta es simple, redefinir la soberanía de IA como “interdependencia estratégica”. La recomendación es sensata, pero su propia existencia es la confesión. Si hay que “repensar” y “redefinir” un concepto, es porque el concepto original no sirve para lo que se le está usando. Interdependencia estratégica es, por definición, lo contrario de soberanía.

Lo que ocurre aquí tiene nombre en análisis del discurso: “soberanía digital” funciona como significante flotante. Cada actor lo llena con el contenido que le conviene y se beneficia de la carga normativa que el término trae consigo —autodeterminación, legitimidad, no intervención— sin comprometerse con sus exigencias. Se importa el prestigio del concepto, pero no sus obligaciones.

Esto no es un problema académico. Tiene consecuencias operativas inmediatas. En la revisión del T-MEC prevista para 2026, si México invoca “soberanía digital” para regular la localización de datos o la operación de centros de datos, Estados Unidos lo lee como proteccionismo —porque en Washington el término tiene una connotación predominantemente negativa. México puede estar operando desde una lógica legítima de capacidad regulatoria o de gestión de recursos estratégicos como energía y agua, pero el significante activa marcos interpretativos incompatibles en cada lado de la mesa. El resultado es fricción innecesaria, generada no por una diferencia real de política sino por la ambigüedad calculada del vocabulario.

Hay un problema aún más profundo. Decir “soberanía digital” permite a quien lo dice no explicar qué quiere exactamente. ¿Localización de datos? ¿Control sobre algoritmos? ¿Capacidad industrial propia? ¿Autoridad regulatoria sobre plataformas extranjeras? Cada una de estas demandas tiene implicaciones distintas, requiere instrumentos diferentes y merece un debate separado. El término las comprime bajo una etiqueta que suena autoevidente —¿quién se opone a la soberanía? — y con eso la puede sustraer del escrutinio.

La propuesta no es abandonar las preocupaciones legítimas que el término intenta nombrar. Es dejar de usar una palabra que oscurece más de lo que ilumina. Quienes diseñan política pública harían mejor en hablar con precisión: Autoridad regulatoria sobre servicios digitales, requisitos de infraestructura local, gobernanza de datos transfronterizos, capacidad tecnológica nacional. Cada una de esas frases es menos sonora que “soberanía digital”, pero tiene la ventaja de significar algo concreto —y por lo tanto, de poder ser debatida, medida y eventualmente implementada.

La soberanía —esa que el artículo 39 de nuestra Constitución Política define como poder originario del pueblo con competencia total— es un concepto demasiado importante para convertirlo en eslogan. Y los problemas digitales son demasiado serios para resolverlos con metáforas que suenan bien pero que pueden no resistir a un buen análisis.

 

 

 

 

 

Tamnbién te puede interesar: El espectro radioeléctrico y los flancos abiertos de la conectividad || Columna Sin filias ni fobias