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Apenas entre en vigor la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, los corredores públicos del país interpondrán un amparo ante un juez del Distrito Federal en materia administrativa. Los argumentos: que la legislación los deja en inequidad respecto de otros gremios y que les impone labores de policía.
Carlos Porcel, líder de los corredores del país, califica a esta ley como imperfecta y asegura que su reglamento no alcanzaría para “enderezar los errores” de la misma.
El gremio de los corredores públicos está unido y listo para la batalla legal en contra de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre de 2012.
La Ley Antilavado, como se le conoce popularmente, contempla una serie de “actividades vulnerables”, entre las que destaca la prestación de servicios de fe pública. Obliga a los fedatarios a reportar ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) diversas operaciones relacionadas con entidades financieras que requieren de sus servicios.
De no cumplir, notarios y corredores públicos acreditarían sanciones que pueden llegar incluso a la cesación del ejercicio de la función y la consecuente revocación de su patente, en el primer caso; y a la cancelación definitiva de la habilitación que les haya sido otorgada para ejercer como tal, en el segundo.
No es que los corredores del país se rehúsen a coadyuvar con la autoridad para evitar prácticas de lavado de dinero, aclara Carlos Porcel Sastrías, en entrevista con Fortuna. Mejor dicho, se niegan a competir en condiciones desiguales.
Y es que, en detrimento del desarrollo económico de la correduría pública, la disposición da un trato inequitativo a dos personas que cumplen la función de fedatarios públicos: a los notarios y a los corredores, asegura el presidente del Colegio Nacional de Correduría Pública Mexicana.
Mientras a los primeros los obliga a reportar a la SHCP operaciones desde 8 mil 25 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal (519 mil 699 pesos), a los segundos les impone dar aviso en todos los casos.
Incluso tratándose de avalúos, acción que por sí misma no implica una transmisión de dinero, los corredores deberán informar al fisco cuando el valor de los bienes sea igual o superior a 519 mil 699 pesos. Esto también los pone en situación dispareja respecto de otras instituciones y personas autorizadas por el gobierno o las universidades para realizar avalúos, mismas a las que esta ley no impone ningún tipo de responsabilidad.
—¿A qué obedece la inequidad que conlleva la Ley Antilavado, acaso a cierto dolo contra su gremio?
—No creo que haya un dolo, pero sí estoy seguro que hubo un conveniente descuido por parte de los legisladores, sabiendo sobre todo que el gremio de los notarios sí cabildeó esta reforma. Y curiosamente, lo que nunca ha sucedido en ninguna otra disposición legal, se hace una distinción formal en dos incisos: una por notarios y otra por corredores.
Será durante los 30 días posteriores al 17 de julio de 2013, fecha en que entra en vigor la Ley Antilavado, que los corredores públicos mexicanos iniciarán la batalla legal: interpondrán un amparo contra leyes ante un juez del Distrito Federal en materia administrativa. El argumento central del instrumento jurídico: inequidad y trato diferenciado entre iguales.
Por lo pronto, “ya estamos listos con los argumentos y los agravios; de hecho, el amparo ya está elaborado. Nada más es cuestión de esperar el término procesal adecuado para presentarlo ante el juzgado del distrito”, acota Porcel Sastrías.
Otra crítica de los corredores hacia la Ley Antilavado tiene que ver con la labor de policías que, a decir del licenciado en derecho por la Universidad Panamericana, la normatividad les impone, y que pondría en riesgo la integridad física de los fedatarios, de por sí vulnerada en algunas entidades del país en las que opera el crimen organizado. “Y es que si una persona que se dedica al crimen organizado sabe que yo voy a dar aviso por determinada cantidad, es posible que me amenace para que no lo haga”.
(Publicado en Fortuna 118)