Por “estatización” de planta de hidrógeno de Air Liquide, Coparmex reprocha al gobierno

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Ante la ocupación de la planta productora de hidrógeno U-3400, que operaba la firma francesa Air Liquide y que se ubica al interior de la refinería de Tula que pertenece a Petróleos Mexicanos, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) destacó que México no tiene experiencias positivas con la estatización de actividades económicas ya que han generado profundos costos económicos por ineficiencias y por malas gestiones de empresas públicas. De igual manera, señaló que estas han generado un  impacto social negativo afectando, en última instancia, a las familias al tener que pagar sobrecostos, recibir malos servicios o asumir el pago de deuda mediante impuestos.

“A estos riesgos, hoy en COPARMEX advertimos un daño adicional: desalentar gravemente la atracción de inversiones y desaprovechar la gran oportunidad que nos abre la relocalización de empresas y cadenas productivas o Nearshoring”.

A través de un comunicado la Coparmex aseguró que la ocupación temporal de la planta de hidrógeno en Hidalgo es una señal que inhibe las inversiones y representa un mensaje de arbitrariedad y un atentado a la seguridad jurídica.

Del mismo modo, añadió que el decreto de ocupación es una mala señal al mundo porque deja de manifiesto las ineficiencias de PEMEX y la debilidad del Estado de derecho en México en el que de manera discrecional, las autoridades pueden ocupar empresas e inversiones privadas.

En este sentido, la Confederación consideró que México no puede darse el lujo de perder inversiones ni de mostrarse ante el mundo como un país con un frágil, por lo que conminó al Poder Ejecutivo a agotar los mecanismos de diálogo y negociación con empresas proveedoras, permisionarias, concesionarias o licitantes con las que tenga diferencias, antes de realizar actos unilaterales como la ocupación o expropiación de bienes.

Si bien se trata de acciones reguladas por la Ley de Expropiación que establece las causas de utilidad pública, y regula los procedimientos, modalidades y ejecución de las expropiaciones, la Coparmex indicó que este decreto no indica el plazo de ocupación temporal y es ambiguo en algunos aspectos, lo que impide la posibilidad de calcular la indemnización prevista en el artículo 2 Bis. de dicha legislación.

A pesar de esto, la Confederación aseguró que el monto de la indemnización deberá cubrirse de conformidad con el avalúo que realice el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. Sin embargo, la Coparmex expresó que estas acciones lejos de representar un acto de soberanía, se convierten en un preocupante mensaje de arbitrariedad y un atentado a la seguridad jurídica.

 

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