Después de 17 años, la SCT publica reglameno de mensajería y paquetería

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La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación, la normatividad para el otorgamiento de permisos para la prestación de servicios de paquetería y mensajería en los caminos y puentes de jurisdicción federal del territorio nacional.

De acuerdo con la agencia Notimex, el reglamento precisa que la prestación del servicio deberá hacerse en camiones unitarios tipo van o caja cerrada de dos ejes de cuatro o seis llantas, cuyo peso bruto vehicular no exceda de 11 toneladas. Para la obtención del permiso, tales vehículos tendrán como límite de operación 10 años contados a partir de su año-modelo.

Además, los permisionarios no podrán utilizar para otros fines las unidades autorizadas para paquetería y mensajería.

En las condiciones para la operación del servicio, el Reglamento establece que éste se sujetará a las disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, los tratados internacionales, el Código de Comercio, el propio Reglamento y las normas que emita la SCT.

De acuerdo con la nueva regulación, dice Notimex, los paquetes tendrán como peso máximo 31.5 kilogramos, y deberán estar debidamente envueltos y rotulados o con embalaje que permita su manejo, reparto y entrega.

Los permisionarios, señala, no podrán transportar paquetes cuando se trate de billetes o anuncios de lotería extranjera; materiales y residuos peligrosos, salvo que se obtenga la autorización correspondiente de la autoridad competente.

Tampoco podrán transportar psicotrópicos y estupefacientes, salvo que su posesión o traslado sea lícita conforme a las disposiciones legales aplicables; armas de fuego y explosivos; animales o perecederos, cuando no se cumplan las condiciones de higiene y seguridad adecuadas; dinero o títulos de crédito al portador o negociables.

Ni cualquier otro bien cuyo tránsito requiera de permiso específico o bien lo restrinja alguna ley en particular, sin que se cuente con dicho permiso específico, precisa.

El nuevo reglamento establece que los paquetes que maneje el permisionario tendrán el carácter de inviolables, y estarán sujetos a los términos y condiciones contenidos en la Carta de Porte o Guía, sin embargo, deberá proceder a su apertura y reconocimiento ante orden expresa emitida por autoridad competente.

En cuanto a las responsabilidades del permisionario, el reglamento de la SCT señala que éste deberá indemnizar al remitente o contratante en caso de incumplimiento de las condiciones pactadas en la Carta de Porte o Guía.

Señala además las causas de revocación de los permisos, así como las multas económicas que aplicará la SCT, y que van desde los 10 hasta los 500 días de salario mínimo en casos de incumplimientos, y que en caso de reincidencia podrían duplicarse. (Notimex)