Macroeconomía mexicana incumple en derechos humanos

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El modelo neoliberal viola los derechos al trabajo, a un nivel adecuado de vida y a la educación. Con las políticas de gasto público, fiscal y de comercio internacional, el Estado incumple con su obligación de respetar garantías individuales. Es necesario repensar la economía desde una visión de derechos humanos: especialistas

Las políticas fiscal, de gasto, monetaria, comercial y de acceso al sistema de pensiones en México no reflejan las obligaciones de respeto, protección y garantía de los derechos humanos. El documento Repensando estrategias macroeconómicas desde una perspectiva de derechos humanos advierte que se deben revisar las políticas macroeconómicas dado el efecto que tienen para el bienestar de la gente.

El informe, realizado por los economistas y académicos Radhika Balakrishnan, Diane Elson y Raj Patel y publicado por Fundar, Centro de Análisis e Investigación, y el Marymount Manhattan Collage, enumera que los deberes del Estado en derechos humanos son: la realización creciente de derechos, el uso máximo de recursos disponibles, la no regresión (una vez alcanzado cierto nivel en el disfrute de derechos, debe mantenerse), la satisfacción de niveles mínimos de derechos económicos y sociales (umbral con el que los Estados deben cumplir), la igualdad y no discriminación, y la participación, transparencia y rendición de cuentas.

Sin embargo, Jorge Romero, director ejecutivo de Fundar, advierte que esos deberes se cumplen de manera deficiente en México: “En tanto en otros países se ejercen recursos destinados a promover una mayor garantía de derechos, los tres últimos gobiernos han sido incapaces de lograrlo”.


Aunque los gobiernos están obligados a conducir políticas monetarias y fiscales de manera que promuevan la realización progresiva y no regresiva del derecho al trabajo y a un nivel adecuado de vida, en México, con la crisis de la deuda de 1982 surgió un nuevo modelo económico que se centró en la reducción del rol del Estado en la economía: la liberalización del comercio internacional y las finanzas, la flexibilidad del mercado laboral, y la inflación como principal directriz de las políticas monetarias. Estos cambios redujeron el margen de acción del gobierno mexicano para aplicar políticas orientadas a garantizar los derechos económicos y sociales.

Así en las mujeres recae mayor responsabilidad del trabajo no remunerado. La ausencia de trabajos dignos podría significar desocupación forzada para hombres y exceso de trabajo para mujeres. Un gran número de personas en busca de empleo termina en el sector informal de la microempresa, caracterizado por bajos ingresos.

De este modo, en la crisis económica de 1995 la proporción de trabajadores urbanos en este sector alcanzó el 44 por ciento. De 2000 a la fecha, la recuperación del Producto Interno Bruto no se ha visto acompañada por una reducción del empleo en el sector informal, “lo que pone de relieve el fracaso de la política para crear suficientes puestos de trabajo en el sector formal, destinados a las personas en busca de empleo”.

Y es que entre 2000 y 2007 el crecimiento del empleo sólo alcanzó un 14.8 por ciento. Además, aumentó la contratación temporal o verbal en relación con el número de puestos con contrato: “La tendencia hacia el empleo cada vez más precario en el último decenio permite concluir que el diseño del presente de las políticas fiscal y monetaria impide la realización progresiva del derecho al trabajo”.

En los últimos 30 años ha habido un desplome en el poder adquisitivo del salario mínimo: a partir de 1996 se estabilizó en un nivel muy bajo, en comparación con 1980. Y pese a las estrategias delineadas por el Banco Mundial para aumentar el bienestar de la población mediante medidas que estimularan la productividad y la demanda de trabajadores, estas políticas no han derivado en un nivel de vida adecuado.

El reporte subraya que una política que no está impulsada hacia el pleno empleo y trabajo digno discriminará en la práctica a las personas de minorías raciales, mujeres y comunidades indígenas: “Estos grupos tienden a ser los últimos en ser empleados en un repunte económico y los primeros en quedar desempleados en una recaída económica, a pesar de la presencia de legislación antidiscriminatoria y de igualdad de oportunidades”.

Aunque reconoce que ha habido avances en rendición de cuentas, la participación y transparencia, no deja de señalar que mientras la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental estipula que el gobierno debe publicar información sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda, al mismo tiempo, restringe el acceso a cualquier información que pueda dar la estabilidad económica, financiera y monetaria del país.

No obstante que la Ley de Transparencia es válida para el Banco de México, la carta de autonomía significa que no está sujeto a las resoluciones que emite el Instituto Federal de Acceso a la Información. Además, no existe una entidad imparcial e independiente que resuelva las peticiones de acceso a la información en última instancia.

Contenido en el pacto Internacional para los Derechos Económicos y Sociales, el derecho a seguridad social pretende cubrir al universo total de trabajadores; sin embargo, en México sólo los trabajadores con empleo formal pueden gozar de ese beneficio. Los adultos mayores únicamente están protegidos mediante un apoyo de 500 pesos, dirigido a comunidades de hasta 20 mil habitantes.

Aclara que este beneficio no se compara con la prestación de una pensión: la cantidad de dinero que reciben es una tercera parte de una pensión mínima; a los apoyos sólo pueden acceder las personas con 70 años cumplidos y deben probar que residen en zonas rurales. “Este programa fue realizado debido al fracaso de la regulación para garantizar los derechos económicos y sociales de los adultos mayores en México, al mismo tiempo que sigue siendo una solución ad hoc a un problema sistémico y crónico”.

Puesto que la tributación es vital para garantizar los derechos humanos, se le juzga en términos de su conducción más que de su resultado. En ese sentido, al observar hasta qué punto cumple con la obligación del uso máximo de recursos, el informe anota que entre 2000 y 2004 el ingreso tributario se desplomó al pasar de casi 30 a 25 por ciento: “La tributación no se ha utilizado eficazmente para movilizar el máximo de recursos disponibles y ha habido una regresión en el monto o a lo largo del tiempo”.

Igual que con el gasto público, en México la recaudación fiscal es discriminatoria: proporciona beneficios fiscales distintos y más favorables a ricos que a pobres, a hombres que a mujeres y a empresas más que a individuos.

La incidencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) respecto del ingreso familiar tiene una relación inversa con los niveles de ingreso, es decir que los hogares en los grupos con ingresos bajos pagan mayor cantidad en IVA. El reporte dice que no es de sorprender que la totalidad de IVA que pagan los grupos con menores ingresos sea menor que la cantidad que pagan los ricos, debido al menor nivel en gasto de consumo de los hogares pobres.

Modelo neoliberal contra derechos humanos

Radhika Balakrishnan, profesora de economía y estudio internacional del Marymount Manhattan College, en su informe ¿Por qué EME y derechos humanos? Integración de estrategias macro económicas (EME) con derechos humanos, publicado en 2005, expone que las fuerzas del mercado no han sido garantes del desarrollo nacional: “Son entendidas como un medio para avanzar en la eficiencia, pero se admite que no se conciben como un medio para alcanzar la equidad y la justicia”.

Mientras, las políticas económicas –abunda la autora– fuerzan al Estado a reducir su capacidad de cumplimiento con sus responsabilidades sociales y debilitan su capacidad de defender los derechos humanos. Sugiere que el papel del Estado sea reconceptualizado, trabajando en el desarrollo de políticas económicas alternativas que protejan los derechos humanos por encima de los derechos del capital.

En entrevista, el director ejecutivo de Fundar, Jorge Romero, advierte que el neoliberalismo y los derechos humanos seguirán siendo irreconciliables, a menos que se replantee lo que se entiende por modelo económico. Explica esta separación porque las políticas neoliberales eximen de sus obligaciones al Estado y permiten que sólo se responsabilice de un marco regulatorio mínimo que le permita al mercado facilitar el desarrollo.

“Sí son sus obligaciones –refuta el investigador– y existen las herramientas para apegarse a esos deberes, garantizar el ejercicio eficiente de recursos, la información oportuna, transparente y participativa, y recaudar mayores recursos sin distorsionar la economía en la promoción del cumplimiento de derechos”.

En México, observa, la política económica pone en último lugar la ejecución progresiva de derechos, pues “privilegia el pago de la deuda pública por encima de la creación de bienes y servicios para la ciudadanía”; no hay información detallada y puntual en política monetaria y presupuestaria, y la política fiscal carece de un esfuerzo consciente, congruente e institucional en la recaudación de impuestos. Todo ello, advierte, son violaciones a principios constitucionales e internacionales.

Para Romero, el factor que le impide al gobierno mexicano adecuarse a las exigencias de los derechos humanos es la voluntad política. Donde la hay, opina, no hay capacidad para transformar la asignación presupuestaria y crear programas más responsivos ni mecanismos de control que garanticen su ejercicio.

El maestro en ciencia política por la New School for Social Research en Nueva York sostiene que los derechos humanos son la aspiración del ciudadano para realizarse plenamente. Señala que si algo ha enseñado la crisis económica es que el modelo económico que indultaba al Estado no sirve. Responsabilizarlo, advierte, es recordarle que los derechos emanan de los ciudadanos y que son su obligación. Manifiesta que se trata de exigir los derechos como derechos, no como dádivas: “Ello deposita la autoridad en la ciudadanía y a eso aspira la democracia”.

TLCAN no garantiza derechos

Radhika Balakrishnan advierte en su reporte que la política de comercio internacional que lleve a un decrecimiento de recursos nacionales y servicios públicos que el Estado puede proveer está en conflicto con normas de derechos humanos como la autodeterminación, no discriminación, la realización progresiva y no retroceso: “El imperante sistema de libre mercado que crea ganadores y perdedores socava la solidaridad social y limita las posibilidades para la redistribución de recursos”.

La disminución del Estado en los acuerdos internacionales es un factor que contribuye a esa inequidad, apunta. Ejemplo de ello es la seguridad alimentaria, que depende de importaciones o de recibir ayuda. Argumenta que los países ricos niegan a los pobres la habilidad de emplear los mismos mecanismos de protección que con éxito apuntalaron su propio de desarrollo.

Resulta irónico, califica Balakrishnan, que en las fases iniciales de su desarrollo nacional Estados Unidos y Europa prosperaron a través del subsidio de su sector agrícola, cuando estas regiones actualmente presionan a los 12 países más pobres a desmantelar sus políticas agrícolas proteccionistas a favor del libre comercio.

Además de la reducción drástica en el gasto social, disminuye el papel del Estado en la provisión de necesidades básicas como salud y educación: “Esto ha debilitado su capacidad para cumplir con sus obligaciones y los ha vuelto, de manera simultánea, más militaristas y represivos”.

Ejemplo de ello es el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), que fortaleció la posición de las corporaciones y debilitó el empleo. Tanto en Estados Unidos como en México, los perdedores fueron los más pobres. El estudio Repensando estrategias macroeconómicas desde una perspectiva de derechos humanos sostiene que el diseño asimétrico del acuerdo comercial y la no compensación a los perjudicados ocasionaron que los gobiernos de Estados Unidos y México incumplieran con sus obligaciones de impulsar los derechos económicos y sociales.

La negociación del pacto entre Estados Unidos, Canadá y México no incluyó disposiciones para proteger los derechos laborales. Esas disposiciones se introdujeron posteriormente mediante el Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte (ACLAN); no obstante, una de sus debilidades estructurales es la ausencia de una instancia supervisora independiente. En su lugar, su base está constituida por débiles mecanismos bilaterales o trilaterales.

“La debilidad del ACLAN –dice el reporte contrasta con la robustez de un acuerdo paralelo sobre derechos de propiedad intelectual, que da mucha mayor protección a los derechos de las empresas en comparación con la que otorga a los derechos laborales”.

La investigación reconoce que fue muy difícil aislar la creación o pérdida de empleo a causa de un acuerdo comercial específico. Antes de la firma del TLCAN en 1990, el 35 por ciento de la población mexicana dependía de la agricultura como su principal fuente de ingresos, y gozaba de subsidios al agua y a otros insumos para la producción de maíz. Además, los precios a los que vendía eran el doble del precio mundial.

Puesto que los productores estadunidenses producían maíz a casi la mitad del precio, se esperaba que el TLCAN alentara a los maiceros mexicanos a cambiar sus cultivos por los de fruta y verduras. Sin embargo, el acceso limitado a la irrigación, a créditos y a los mercados de exportación y el poco conocimiento en ese tipo de producción orillaron a más de 1 millón 300 mil campesinos a abandonar sus tierras.

El TLCAN llevó a la destrucción de 28 mil pequeñas y medianas empresas mediante las reglas de inversión y del sector servicios que garantizaron el acceso a megavendedores; a la caída de los salarios industriales en 10 por ciento; a la disminución en el poder adquisitivo; al crecimiento, del 50 por ciento, de la pobreza en mujeres, y al aumento de la migración.

La Relatoría Especial sobre el Derecho a la Alimentación de la Organización de Naciones Unidas define a éste como el derecho a tener acceso, de manera regular, permanente y libre a una alimentación cuantitativa y cualitativamente adecuada y suficiente, que corresponda a las tradiciones culturales de la población a la que pertenece el consumidor y que garantice a una vida síquica, física, individual y colectiva libre de angustias, satisfactoria y digna.

Aunque el acceso a alimentos nutritivos, advierte el estudio, no debe empeorar a causa de la apertura comercial, al introducirse el TLCAN los precios para algunos alimentos básicos se elevaron desproporcionadamente (el costo de la tortilla creció 50 por ciento), en tanto los productos procesados y la comida chatarra se abarataron. La reducción de precios, señala, ha beneficiado más a las personas de ingresos altos.

“Este tipo de libre comercio trajo bienes dañinos para el medio ambiente o no sustentables, inseguros para la salud personal y que promueven la dependencia económica o cultural que van en detrimento de la cultura local y de los pequeños productores locales”.

El informe Repensando estrategias macroeconómicas desde una perspectiva de derechos humanos observa que en los dos últimos decenios han aumentado los productos que no son accesibles para las personas de menor ingreso, mientras que los de mayor ingreso se ven beneficiados con la disminución de costos.

“La reciente crisis alimentaria también ha dejado ver que depender de las importaciones –concluye– coloca a los países en una posición vulnerable. El problema es que podría incrementarse la dependencia de los mercados mundiales y socavar la capacidad de los Estados para garantizar y cumplir con sus obligaciones”.

Derechos Humanos

Derecho al trabajo

Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo

Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual

Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social

Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses

Derecho a descansar y al disfrute del tiempo libre

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas

Derecho a un nivel de vida adecuado

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, su salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez, u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias ajenas a su voluntad

La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social

Derecho a la educación

Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos en función de los méritos respectivos

La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz

Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos

Fuente: Declaración Universal de Derechos Humanos


Directrices para que los gobiernos cumplan sus obligaciones en derechos económicos y sociales

Realización progresiva de los derechos humanos

Uso máximo de recursos disponibles

No regresión (una vez alcanzado un cierto nivel en el disfrute de derechos, debe mantenerse)

Satisfacción de niveles mínimos de derechos económicos y sociales (umbral con el que los Estados deben cumplir)

Igualdad y no discriminación

Participación, transparencia y rendición de cuentas

Fuente: Repensando estrategias macroeconómicas desde una perspectiva de derechos humanos