Impugnará SHCP amparo interpuesto por empresa contra pago de impuestos ante pandemia

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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF), informó este martes que impugnará el amparo que interpuso la empresa Cano Soto y Asociado, S.A. de C.V. en contra del pago de impuestos, bajo la premisa de la pandemia del Covid-19 y la emergencia sanitaria impuesta por el gobierno federal.

Hacienda argumentó que la suspensión de impuestos es ilegal, ya que no se ubica en ninguno de los supuestos previstos en la Ley de Amparo para Otorgar suspensión de plano.

A través de un comunicado de prensa, la Secretaría detalló que la Procuraduría Fiscal impugnará esta suspensión con los medios de defensa en las vías judiciales procedentes y. en el ámbito de sus atribuciones, se mantendrá atenta al debido comportamiento de las obligaciones fiscales y procederá conforme a dichas facultades en caso de incumplimiento.

La empresa Cano Soto y Asociados, Sociedad Anónima de Capital Variable, promovió un juicio de amparo, mismo que fue asentado en el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, bajo el número 293/2020, en contra de actos del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador y otras autoridades.

En el comunicado, la dependencia federal detalla que el secretario de Acuerdos en funciones de Juez, del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, determinó otorgar una suspensión de plano para el efecto que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, se pronuncie sobre medidas en materia de condonar, eximir o prorrogar el pago de contribuciones federales y sus accesorios, derivado de la emergencia sanitaria por la pandemia del Covid-19.

Hacienda aclaró que la suspensión no se otorgó para que se condonaran impuestos. “Dicha suspensión es ilegal ya que no se ubica en ninguno de los supuestos previstos en la Ley de Amparo para otorgar suspensiones de plano, máxime que se tratan de facultades discrecionales del presidente y que deben ser acordes a las reformas constitucionales recientes, que prohíben la condonación de impuestos”, puntualizó la dependencia.