México declara inválidas las operaciones con Venezuela

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México declara inválidas las operaciones con el actual gobierno de Venezuela y sus autoridades financieras advirtieron a las empresas los riesgos en que incurren al celebrar contratos al amparo de la Asamblea Constituyente de ese país.

Dos días después de llamar a consultas a la embajadora mexicana en Venezuela y de la Declaración de Lima; el gobierno mexicano pone un cerco financiero al gobierno encabezado por Nicolás Maduro y anuncia que evalúa medidas para empresas nacionales que celebren operaciones con el país sudamericano.

El domingo 20 se celebraron elecciones presidenciales en Venezuela, con reducida  participación de votantes, cuyo proceso fue desconocido por el candidato opositor, Henry Falcón.

Los resultados oficiales dieron una mayoría a Nicolás Maduro, quien permanecerá en el gobierno hasta 2025.

Otras acciones internacionales

Este miércoles el Grupo de los 7 también anunció acciones contra Venezuela, como lo había hecho Estados Unidos el lunes 21.

En respuesta a la decisión de Washington, el martes Nicolás Maduro declaró la expulsión del encargado de negocios de Estados Unidos en Venezuela.

La decisión mexicana fue anunciada este miércoles en un comunicado conjunto de las autoridades financieras nacionales, Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), junto con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

Desde el pasado 21 de mayo, la cancillería mexicana anunció cinco acciones en relación con la situación en Venezuela.

  • Llamar a consultas a la embajadora de México en ese país, Eréndira Paz Campos.
  • Convocar a la Embajadora de Venezuela para expresar la posición de México.
  • Emitir una alerta al sector financiero y bancario mexicanos sobre el riesgo en el que podrían incurrir si realizan operaciones con el gobierno de Venezuela que no cuenten con el aval de la Asamblea Nacional, incluyendo convenios de pagos y créditos recíprocos por operaciones de comercio exterior (incluidos bienes militares y de seguridad).
  • Reducir al mínimo las actividades culturales y de cooperación bilateral, incluida la militar.
  • Suspender hasta nuevo aviso las visitas de alto nivel a Venezuela.

El comunicado de las autoridades financieras

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, considerando que:

  • El 8 de agosto de 2017, los Cancilleres y Representantes de Argentina, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay y Perú se reunieron en la ciudad de Lima, Perú, para abordar la situación en Venezuela y explorar cómo contribuir a la restauración de la democracia a través de una solución pacífica y negociada, así como que emitieron la Declaración de Lima en la cual, entre otros, expresaron que los actos jurídicos que conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela requieran autorización de la Asamblea Nacional, solo serán reconocidos cuando dicha Asamblea los haya aprobado.
  • En 2017 la Comisión de Venecia del Consejo de Europa y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se pronunciaron sobre la invalidez de los actos llevados a cabo por la Asamblea Constituyente de Venezuela, por ser una alteración del orden constitucional de ese país.
  • México y Perú solicitaron opinión al Consejo General de la Organización Estados Americanos (OEA) sobre la invalidez de los actos llevados a cabo por la Asamblea Constituyente de Venezuela, que sustituyó a la Asamblea Nacional y que dicha consulta fue ampliada para verificar la validez de los siguientes actos que no cuenten con la aprobación de la Asamblea Nacional:
  1. La expedición de leyes concernientes al presupuesto nacional, endeudamiento anual y crédito público.
  2. La autorización de créditos adicionales al presupuesto nacional.
  3. La celebración de contratos de interés nacional por parte del Ejecutivo Nacional, estatal o municipal con Estados o entidades oficiales extranjeros o con sociedades no domiciliadas en Venezuela.
  4. La extensión del Estado de Emergencia Económica decretada por el Ejecutivo Nacional de Venezuela.
  • En su respuesta de abril de 2018, la Secretaría General de la OEA expresó que sobre los puntos 1 al 3, corresponden aprobarlos a la Asamblea Nacional conforme a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela adoptada en 1999 y enmendada en 2009. Respecto del punto 4, expresó que el estado de excepción no está en vigencia por haber sido expresamente rechazado por la Asamblea Nacional conforme a las competencias constitucionales y legales establecidas.
  • El 21 de mayo de 2018 los gobiernos de Argentina, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Guyana, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú y Santa Lucía, reiteraron el pronunciamiento respecto de los actos jurídicos que deben ser aprobados por la Asamblea Nacional, contenido en la Declaración de Lima y acordaron que las autoridades competentes de cada país, emitieran y actualizaran circulares o boletines a nivel nacional que transmitan al sector financiero y bancario el riesgo en el que podrían incurrir si realizan operaciones con el gobierno de Venezuela que no cuenten con el aval de la Asamblea Nacional, incluyendo convenios de pagos y créditos recíprocos por operaciones de comercio exterior –incluido bienes militares y de seguridad.

En atención a las consideraciones anteriores, las Autoridades Financieras advierten a las entidades que operen al amparo de la legislación financiera mexicana, sobre los riesgos de celebrar operaciones con personas o sujetos, creados u originados por la Asamblea Constituyente de Venezuela reputados como inválidos por los organismos internacionales y en consistencia con la Declaración de Lima, tomando en cuenta que ello podría ser violatorio de la normatividad que les resulta aplicable a dichas entidades y poner en peligro la consecución de las operaciones celebradas en contravención a las anteriores determinaciones, en perjuicio del público en general.

Adicionalmente, las Autoridades se encuentran evaluando las medidas que habrán de adoptar respecto de aquellas entidades que tengan o celebren operaciones con las características.

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