México, rezagado en legislación del trabajo del hogar

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Condiciones precarias de trabajo y discriminación: esto es el día a día de las más de 2 millones de personas que en México se dedican al trabajo del hogar, de las cuales, el 90 por ciento son mujeres. Y es que, como lo reconocen las propias autoridades del país, respecto de otros países de América Latina, la legislación mexicana “ha presentado un considerable rezago” en materia de protección de los derechos laborales de estas trabajadoras y trabajadores.

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De acuerdo con la estadística oficial, en México, al menos 2 millones 280 mil personas (lo que representa el 4.33 por ciento de la población económicamente activa) se dedican al trabajo del hogar.

Nueve de cada 10 son mujeres, reflejo de que se trata de una actividad altamente feminizada como consecuencia de la prevalencia del conjunto de ideas que, basadas en el género, consideran que las actividades domésticas son propias de este sector de la población.

Históricamente y hasta nuestros días, el trabajo del hogar ha mantenido una estrecha relación con la esclavitud y otras formas de servidumbre, según se documenta en el libro Trabajo doméstico. Un largo camino hacia el trabajo decente. Prueba de ello es que a nivel nacional, incluso mundial, el trabajo del hogar –aquél que se realiza dentro de una relación laborar y que, por tanto, es remunerado– se caracteriza por conservar reglamentaciones deficientes o nulas dentro de las legislaciones de los países, lo que desemboca en relaciones de trabajo precarias y discriminatorias.

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En Trabajo del hogar, publicación a cargo del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) que forma parte de la colección Legislar sin Discriminación, el mismo Estado mexicano reconoce que respecto de otros países de la región latinoamericana, la legislación mexicana “ha presentado un considerable rezago” en materia de protección de los derechos laborales de estas trabajadoras y trabajadores. Reconoce, asimismo, la persistencia de dichas deficiencias normativas, no obstante la reforma al marco jurídico laboral de diciembre de 2012, la cual “no logró ampliar el ámbito de protección de los derechos de las y los trabajadores del hogar, e incluso agravó la legislación que permite que continúen abusos, bajos salarios, jornadas extenuantes y discriminación en contra de las personas que desarrollan el trabajo del hogar”.

En contraste con la legislación mexicana, las de Argentina, Bolivia, Brasil y Uruguay se constituyen, a nivel regional, en las expresiones, “más progresivas” en cuanto al reconocimiento de estos derechos consagrados ya en instrumentos internacionales.

Encuesta Conapred

 En México, más del 95 por ciento de las empleadoras contratan el trabajo doméstico de palabra, es decir, sin contrato de por medio. Bajo este esquema de contratación verbal, es común que los acuerdos laborales alcanzados no contemplen derechos esenciales como el goce de vacaciones y servicio médico. Aunado a lo anterior, el 91 por ciento de las y los trabajadores domésticos desconoce la existencia de legislación que ampare sus derechos.

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Los resultados de la encuesta Percepciones sobre el trabajo doméstico: Una visión desde las trabajadoras y las empleadoras, presentados públicamente por el Conapred a principios de abril pasado, reflejan las condiciones en que se desarrolla el trabajo del hogar en el país, las cuales se corresponden con el escenario de precariedad laboral y discriminación esbozado en líneas anteriores.

Se trata de un estudio cuantitativo que implicó la aplicación, entre el 3 y el 10 de octubre de 2014, de 1 mil 240 encuestas a empleadoras y 1 mil 243 a trabajadoras domésticas de las localidades con mayor peso poblacional de seis entidades de la República Mexicana: Jalisco, Baja California, Chiapas, Nuevo León, Puebla y Distrito Federal.

Los resultados de la muestra son reveladores de las condiciones laborales en que se ejerce esta actividad que, desde una percepción social y cultural, es y ha sido poco valorada.

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La jornada laboral del 46 por ciento de las trabajadoras encuestadas es mayor a la que establece la Ley, que es de 8 horas. El 16 por ciento de éstas labora incluso 12 horas o más.

Para el caso del 64 por ciento del total de trabajadoras de planta –aquellas que laboran permanentemente en el hogar y residen en el domicilio de la empleadora– es frecuente que, a solicitud de sus empleadoras, realicen actividades laborales fuera de su horario de trabajo.

Dependiendo de la modalidad de contratación, entre el 4 y el 6 por ciento de las trabajadoras no cuentan con ningún día de descanso a la semana, mientras que el 70 por ciento de las trabajadoras de planta descansa tan sólo 1 día.

En lo que respecta al tema de los salarios, el 75 por ciento de las trabajadoras encuestadas refiere que en su actual empleo nunca se los han incrementado. En tanto, el 28 por ciento dice que no recibe pago alguno por concepto de aguinaldo.

El 34 por ciento del total de la muestra de trabajadoras manifiesta gozar del derecho a vacaciones pagadas, y únicamente el 2 por ciento a recibir un monto adicional a su salario por concepto de prima vacacional.

En el contexto de rezago legislativo en que se ejerce el trabajo del hogar en México, el 36 por ciento de las trabajadoras domésticas encuestadas se inició en el menester siendo menor de edad, y el 12 por ciento cuando ni siquiera había alcanzado la edad legal para trabajar. El 12 por ciento de la muestra de trabajadoras manifestó, asimismo, haber sido objeto de acoso sexual y el 10 por ciento, de despido por condición de embarazo.

Importancia de la ratificación del Convenio 189

En 2011, en el marco de la reunión 100 de la Conferencia Internacional del Trabajo celebrada en Ginebra, Suiza, se adoptó el Convenio 189 sobre el trabajo decente para las y los trabajadores domésticos, mismo que entró en vigor el 5 de septiembre de 2013. En éste se reconocen de forma puntual los derechos fundamentales para este sector que, según datos de la Organización Internacional del Trabajo, se conforma, a nivel mundial, de al menos 53 millones de personas.

Pese a su importancia, el Estado mexicano no ha ratificado el Convenio en cuestión, lo que representaría un avance significativo en cuanto a la homologación de la legislación nacional con el estándar más alto de protección de los derechos de las y los trabajadores del hogar.

Sin éxito, la Cámara de Senadores ha emitido dos dictámenes –del 5 de junio y del 3 de octubre de 2013–, para exhortar al actual titular del Ejecutivo federal, Enrique Peña Nieto, a realizar las acciones necesarias para la suscripción de dicho instrumento.

En el marco de la presentación de los resultados de la encuesta Percepciones sobre el trabajo doméstico: Una visión desde las trabajadoras y las empleadoras, Marcelina Bautista, coordinadora regional para Latinoamérica de la Federación Internacional de Trabajadoras del Hogar, se pronunció en el mismo sentido. Destacó que aunque el 31 de marzo de 2014, Miguel Ángel Osorio Chong, secretario de Gobernación, reconoció la trascendencia del Convenio 189 y, a nombre del presidente del país, se comprometió a enviarlo al Senado para su respectiva publicación, a la fecha esto no ha ocurrido.

Ana Güezmes García –directora regional de Organización de las Naciones Unidas (ONU) Mujeres para México, Centroamérica, Cuba y República Dominicana– considera que las autoridades mexicanas deben acelerar las soluciones legislativas, de políticas públicas y de diálogo ciudadano en la materia, ya que es justo en el trabajo del hogar en donde se concentran “nudos estructurales” de discriminación, exclusión y violencia hacia mujeres y niñas. Entre las soluciones legislativas se encuentra, por supuesto, la adopción del Convenio 189 que hasta el momento ha sido ratificado ya por 27 países.

A decir de la representante de la ONU, el empleo decente, que implica contar con oportunidades de empleo, ingreso digno, seguridad en el lugar de trabajo, protección social, perspectivas de desarrollo personal, integración en la sociedad, libertad para expresar opiniones y organizarse, e igualdad de oportunidad y trato para mujeres y hombres, es factor fundamental de desarrollo.

 Por Flor Goche