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El presidente López Obrador omitió en tres ocasiones proponer al Senado candidatos para ocupar vacantes a comisionados, obligación establecida en la Constitución
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podría declarar procedente y fundada la controversia que la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) interpuso contra el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.
De acuerdo con el proyecto de resolución que esta tarde publicó la SCJN en su portal, la ministra ponente, Margarita Ríos Farjat, plantea que existe la “incompleta integración” del Pleno de este organismo, que debía contar con siete comisionados y comisionadas pero que hoy solo opera con cuatro.
Lo anterior obedece a que el Mandatario no presentó al Senado candidatos de las ternas que le entregó el Comité de Evaluación (conformado por el Banco de México y el INEGI) para sustituir las vacantes que se liberaron entre 2020 y 2021.
Al respecto la ministra Ríos Farjat planteó declarar la invalidez de los procedimientos de selección y designación de personas aspirantes a ocupar el cargo de comisionadas en la COFECE, que fueron realizados en tiempo y forma por el Comité de Evaluación, al considerar que dado el tiempo que ha transcurrido desde su selección es posible que algunos de los candidatos ya no cumplan con los requisitos que establece la norma para que sean Comisionados.
Procesos de sustitución
Los procedimientos de selección de las tres posiciones vacantes se deberán realizar de manera escalonada, de tal forma que para el 28 de febrero de 2023 el Senado ya haya votado al candidato que ocupará la vacante liberada en febrero de 2021 por Eduardo Martínez Chombo.
En el transcurso del próximo año, el Presidente y el Sentado también deberán presentar y aprobar a la persona que sustituya a excomsionado Gustavo Pérez Valdespín, quien falleció en 2020, y el 28 de febrero de 2024 a quien sustituya a Alejandra Palacios Prieto, quien dejó Cofece en septiembre de 2021.
Recientemente la Comisión suspendió el plazo para resolver un procedimiento sobre barreras a la competencia en el mercado nacional de combustibles para aeronaves debido a que no contaba con el número de votos que la Ley Federal de Competencia Económica establece para que este tipo de expedientes sean dirimidos por su pleno.
La selección de candidatos a comisionados es atribución exclusiva del Comité de Evaluación, conformado por dos órganos técnicos autónomos, el Banco de México y el INEGI, quienes tienen la responsabilidad de verificar la capacidad técnica e integridad de los postulantes, mediante exhaustivos exámenes, trayectoria probada y entrevistas en las que demuestren sus conocimientos en materia de competencia económica.