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En su exposición de motivos sobre el paquete fiscal que entregó al Congreso de la Unión, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (Shcp) refirió que las reformas fiscales son de carácter técnico, tendientes a fortalecer las facultades de la autoridad para recaudar impuestos mediante el uso de herramientas tecnológicas.
Efectivamente la digitalización hace más eficientes los procesos, pero es primordial decir que la peor crisis económica y sanitaria para la humanidad, el SARS-CoV-2, también sigue provocando una caída en el consumo, y, en consecuencia, en la recaudación del impuesto al valor agregado (IVA) que se cobra en México.
“Seguramente también disminuirá la recaudación en el Impuesto sobre la Renta (ISR), ya que muchas empresas declararán utilidades menores a periodos anteriores y, en muchos casos, pérdidas”, dijo este lunes la consultoría especializada en impuestos, Kpmg
Dentro del Código Fiscal de la Federación, en el caso de la escisión de sociedades se considerará que existe enajenación cuando dé lugar a la creación de conceptos o partidas que existían antes, en la sociedad escindente, escindida o escindidas de que se trate, refiere otra consultoría líder en impuestos, PwC.
Sin embargo, la redacción de la iniciativa no es clara.
Tampoco lo es la norma que se incorpora en el Código para establecer que se considerará enajenación cuando el capital contable de alguna empresa involucrada surja un concepto o partida independientemente del nombre con el que se le designe y cuyo importe no hubiera estado reconocido en la empresa escindente.
“Desde un punto de vista técnico contable, resultaría imposible, ya que la suma de los capitales contables de las empresas escindidas y escindente siempre debería de coincidir con el capital contable de la empresa originaria”, alerta Kpmg.
Dentro del Código Fiscal de la Federación, otro caso a analizar es la llamada Regla Anti-Abuso.
Muchos países han introducido en su legislación fiscal normas para evitar el abuso por parte de los contribuyentes mediante la utilización de esquemas de planeación fiscal sofisticados. Sin embargo, la experiencia internacional refiere que, en algunos casos, no están soportados en razones de negocios.
México hizo lo propio en la Reforma Fiscal de este año, cuando estableció una regla general anti- abuso, con la cual se pretende combatir actos jurídicos que carezcan de una razón de negocios y generen beneficios fiscales a los contribuyentes.
Kpmg refiere que, en la actualidad, la regla anti- abuso mexicana (GAAR) como se le conoce en el medio por sus siglas en inglés, establece que los efectos fiscales que se generen por su aplicación, en ningún caso generarán consecuencias en materia penal.
Esta condición se pretende modificar para establecer que su aplicación será sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiera originarse.
“La aplicación de la regla anti- abuso mexicana conlleva en esencia una amplia subjetividad, donde la autoridad presume cuando un acto jurídico carece de una razón de negocios basándose en su entendimiento de una determinada operación”, advierte la firma especializada.
A esta ya de por si preocupante situación, se pretende adicionar la posibilidad de que las autoridades fiscales entablen una querella de carácter penal.
La exposición de motivos de esta modificación menciona que está encaminada a los casos en que se expiden comprobantes fiscales que amparan operaciones simuladas.
“Desafortunadamente esta situación no se reflejó en la redacción de la norma, lo que permitirá a las autoridades fiscales ejercer acción penal en todos los casos en que, a su juicio, no exista una razón de negocios” alertó.
Se estima que el Paquete Económico 2021 (Presupuesto de Egresos, Ley de Ingresos y Plan Económico) quede aprobada por ambas cámaras (diputados y senadores), a más tardar el 31 de octubre próximo.
Los expertos coinciden la petición para estar más en armonía con la regulación y legislación internacional resurge. Inclusive, hay parámetros internacionales, como los emitidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que exponen la conveniencia de disminuir las cargas fiscales en una etapa post-Covid-19 y ayudar al sector sanitario y a su personal.
Veremos hacia donde se dirige México.