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Un comité integrado por el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y por dos personas designadas por el titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es el responsable de fijar la remuneración económica de cada uno de los integrantes de la Junta de Gobierno del Banco de México.
La Ley del Banco de México establece que la remuneración de los miembros de la Junta de Gobierno será fijada por un comité integrado por el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y dos personas nombradas por el Secretario de Hacienda y Crédito Público cuya designación no genere conflicto de intereses.
Las personas que conformen dicho comité deberán contar con reconocida experiencia en el mercado laboral en el que participan las instituciones de crédito públicas y privadas así como las autoridades reguladoras de éstas. Este ordenamiento, según el Banco de México, buscaba evitar que la determinación de dicha remuneración eventualmente se utilizara como medio de presión para la conducción de la política monetaria, en detrimento de la autonomía del Banco.
De igual manera se evitaba que los encargados de conducir el Banco determinen dichas remuneraciones, dado el inherente conflicto de intereses. Ahora, sin embargo, tanto el Presidente de la CNBV como los funcionarios de la SHCP, sin embargo, están sujetos a la nueva Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos aprobada por el Poder Legislativo en el que controla el partido Morena.
Hasta el año pasado, los sueldos de los integrantes de la Junta de Gobierno se equiparaban al de cualquier secretario de Estado. De acuerdo con información del Banco de México, el gobernador del Instituto Central percibe más de 345,000 pesos brutos y un sueldo neto de 240,000 pesos.
El Banco de México interpuso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional para que sea el Poder Judicial el que decida si la Ley Federal de Remuneraciones no está violando su autonomía.