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La Cámara de Senadores aprobó este 25 de marzo de 2026 un dictamen para establecer el Inventario del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación, con 106 votos a favor. Este instrumento busca reconocer la diversidad cultural, promover su salvaguardia y proteger los derechos colectivos de las comunidades portadoras, y ahora fue enviado a la Cámara de Diputados.
Objetivos y alcance del inventario
El inventario buscará dar a conocer, identificar, reconocer, visibilizar, describir, diagnosticar y sustentar la protección, a través de la salvaguardia, de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial presentes en el territorio nacional. Se plantea como un instrumento destinado a sustentar la protección de estas manifestaciones y a orientar políticas públicas relacionadas con su salvaguardia.
Ámbitos y modalidades de las manifestaciones registrables
El dictamen especifica que el inventario estará conformado por manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial propuestas por las comunidades portadoras y corresponde a los siguientes ámbitos:
- Lengua, tradiciones y expresiones orales
- Artes de la representación.
- Prácticas sociales, ceremoniales, rituales y actos festivos.
- Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza
- Artes y oficios tradicionales.
Estos ámbitos definen el tipo de manifestaciones que podrán incluirse en el registro.
Registro, revisión quinquenal y participación comunitaria
El proyecto indica que el registro de manifestaciones al inventario podrá realizarse en todo momento. Además deberá ser revisado y actualizado cada cinco años para reflejar la naturaleza dinámica del patrimonio cultural inmaterial. La revisión periódica tiene por objeto identificar prioridades y necesidades de las comunidades portadoras, detectar riesgos y amenazas, y evaluar la eficacia de políticas públicas, con “la más amplia participación de las comunidades portadoras”, según el dictamen.
Obligaciones de entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la CDMX
En el proyecto se establece que las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales (descritas en la información como alcaldías) de la Ciudad de México deberán implementar políticas públicas que garanticen la protección, salvaguardia, promoción y difusión del patrimonio inmaterial de la Nación mexicana. El dictamen asigna así responsabilidades a los gobiernos locales para apoyar la protección y promoción de las manifestaciones registradas.
Posicionamientos
- La presidenta de la Comisión de Cultura, Beatriz Mojica Morga, afirmó que las reformas “representan el inicio de una estrategia cultural más justa, incluyente y cercana a la gente, ya que las autoridades podrán coadyuvar en la ejecución de políticas de protección al patrimonio inmaterial, ‘pues cuando se protege, también se fortalece la economía local, el turismo y el tejido social, sin perder de vista el valor humano y el sentido de pertenencia’.”
- Luisa Cortés García (Morena), manifestó que el proyecto “responde y corrige a la fragmentación del marco jurídico en materia de patrimonio cultural inmaterial, lo que hasta ahora ha impedido su protección integral y eficaz”, y que su protección adecuada “fortalece el tejido social, se generan economías comunitarias y se impulsa el desarrollo sostenible con identidad.”
Siguiente paso
El dictamen aprobado en el Senado es remitido a la Cámara de Diputados. El inventario describe sus objetivos clave (identificar, visibilizar, describir, diagnosticar y sustentar protección) y define ámbitos específicos de manifestaciones que podrán ser propuestas por comunidades portadoras. Finalmente se menciona que el registro será permanente y sujeto a revisión y actualización cada cinco años con amplia participación comunitaria.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué es el Inventario del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Nación?. Es el instrumento aprobado por el Senado para identificar, visibilizar, describir, diagnosticar y sustentar la protección del patrimonio cultural inmaterial en el país.
- ¿Qué manifestaciones culturales pueden registrarse en el inventario?. Las propuestas por las comunidades portadoras que corresponden a lengua y expresiones orales; artes de la representación; prácticas sociales, ceremoniales, rituales y actos festivos; conocimientos y usos relacionados con la naturaleza; y artes y oficios tradicionales.
- ¿Quién puede proponer la inscripción de una manifestación en el inventario?. Las comunidades portadoras, según lo establece el dictamen.
- ¿Con qué frecuencia se actualizará el inventario?. El dictamen establece que deberá revisarse y actualizarse cada cinco años.
- ¿Qué obligaciones tendrán las entidades locales tras la aprobación del proyecto?. Deberán implementar políticas públicas que garanticen la protección, salvaguardia, promoción y difusión del patrimonio inmaterial.







