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La Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ) emitió este jueves un fallo histórico al desechar diversos recursos promovidos por empresas relacionadas con Grupo Salinas, dejando firmes créditos fiscales determinados por el SAT correspondientes a los ejercicios 2008, 2009, 2010, 2012 y 2013, así como deducciones de pérdidas por venta de acciones y la salida del régimen de consolidación fiscal.
Con estas resoluciones, el conglomerado deberá pagar un total aproximado de 50?000?millones de pesos, incluyendo impuestos, recargos y multas. El grupo empresarial, a través de un comunicado, calificó la decisión como una “violación al Estado de Derecho” y anunció que recurrirá a instancias internacionales.
Hoy es un día negro para la justicia y el Estado de Derecho en México. La espuria @SCJN votó en contra de #GrupoSalinas, sin análisis jurídico alguno, por consigna y mandato del @GobiernoMX.
El precedente es grave y con implicaciones más allá de nuestros casos: la Corte ha… pic.twitter.com/aHEA3Qqrwz
— Grupo Salinas (@gruposalinas) November 13, 2025
Según el comunicado oficial de la SCJN, las empresas agotaron todas las instancias administrativas y judiciales: recursos de revocación, juicios ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, amparos directos negados por tribunales colegiados y, finalmente, recursos de revisión presentados ante la Corte.
La SCJN determinó que en cuatro de los asuntos los recursos de revisión solo podrían proceder si planteaban temas de relevancia constitucional o de derechos humanos con interés excepcional, lo cual no ocurrió.
En otros tres casos concluyó que los recursos ni siquiera debieron admitirse, pues los temas ya habían sido resueltos previamente mediante criterios obligatorios.
Lo que se dijo en la sesión: explicación del ministro ponente
Durante la sesión pública, el ministro Arístides Guerrero García expuso detalladamente el caso correspondiente al recurso de reclamación 544/2024, relacionado con la aplicación de la Ley del Impuesto Sobre la Renta sobre el esquema de salida del régimen de consolidación fiscal de una sociedad mercantil.
Señaló que la auditoría del SAT comenzó en 2015, que el crédito fiscal se impuso en 2018 y que fue confirmado por la autoridad en sede administrativa.
En la fase jurisdiccional, el juicio de nulidad iniciado en 2019 confirmó la validez del crédito. La empresa promovió un amparo directo y solicitó la facultad de atracción ante la Corte, la cual fue negada por la Segunda Sala en septiembre de 2023 por falta de relevancia constitucional.
Posteriormente, presentó un recurso de revisión que fue admitido por la anterior Presidencia de la SCJN, a pesar de que la Sala ya había negado la atracción; este recurso de revisión motivó el recurso de reclamación 544/2024, que la Corte resolvió.
Guerrero García destacó que la Corte ya había resuelto previamente todos los temas de constitucionalidad involucrados, desde reglas de notificación de auditorías hasta la constitucionalidad del régimen de salida de consolidación fiscal, por lo que no existía excepcionalidad para admitir el recurso. Propuso declarar fundado el recurso de reclamación y desechar el amparo directo en revisión. La votación del Pleno fue unánime.

Posición del gobierno federal
Por la mañana, la presidenta Claudia Sheinbaum mencionó desde el inicio a Grupo Salinas, señalando que “quien está politizando el caso es Grupo Salinas” y rechazando que haya persecución política. Recordó que se trata de un litigio de 15 años y reiteró que su gobierno actúa dentro del marco de la ley.
“Nadie, ni nada, está por encima de la ley”, dijo, subrayando que corresponde al Poder Judicial resolver conforme a derecho y en autonomía.
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