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Por 445 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó el 4 de marzo de 2026 reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor con el objetivo de proteger la información personal de los consumidores. La votación se realizó de manera unánime en el Pleno. El dictamen fue remitido al Senado de la República para continuar con el proceso legislativo correspondiente.
Cambios a los artículos 13 y 16 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
El dictamen modifica el tercer párrafo del artículo 13 y el primer párrafo del artículo 16. Establece que la Procuraduría Federal del Consumidor considerará como información reservada, confidencial o comercial reservada aquella definida en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, garantizando el principio de protección de los datos personales de los consumidores.
Las reformas determinan que los proveedores y empresas que utilicen datos de consumidores, con fines mercadotécnicos o publicitarios deberán hacer un uso correcto de esa información. También estarán obligados a informar gratuitamente, a quien lo solicite, si mantienen datos personales sobre ella. Entre los datos a los a los que se refiere son:
- Nombre
- Domicilio
- Teléfonos personales
- Correos electrónicos
Responsabilidades de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco)
- Garantizar el principio de protección de los datos personales de los consumidores, considerando como información reservada, confidencial o comercial reservada aquella definida en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
- Armonizar su actuación conforme a dicha ley, en el manejo de la información que obra en su poder.
- Otorgar mayor certeza jurídica en el tratamiento de los datos personales de los consumidores, conforme a lo establecido en la reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Responsabilidades de las empresas y proveedores
- Usar correctamente los datos personales de los consumidores únicamente para los fines para los que fueron proporcionados.
- Informar gratuitamente, a cualquier persona que lo solicite, si mantienen información personal sobre ella.
- Transparentar con qué terceros han compartido los datos personales.
- Identificar a los terceros que hayan recibido dicha información.
- Entregar los datos personales cuando sean solicitados por el titular.
- Corregir los datos personales cuando sea necesario.
- Notificar las correcciones a los terceros que hayan recibido esa información.
- Cumplir con estas obligaciones dentro de plazos definidos, sin dilaciones.
Contexto de quejas y llamadas publicitarias sin consentimiento
Según datos del Buró Comercial de la Profeco correspondientes a 2024, se registraron 89,618 quejas de consumidores, algunas relacionadas con llamadas de publicidad telefónica y el incumplimiento de términos y condiciones. El dictamen señala que, pese a herramientas implementadas por la Profeco, estas prácticas persisten y pueden vulnerar el derecho a la privacidad.
Argumento
El diputado Francisco Pelayo Covarrubias (PAN) afirmó que la reforma aborda “uno de los temas más sensibles para millones de mexicanas y mexicanos: la protección de sus datos personales”. Señaló que la información personal “no es un simple dato administrativo, es parte de la identidad de las personas, de su seguridad y de su patrimonio”.
Siguiente paso
El dictamen fue enviado al Senado para su análisis y eventual aprobación.







