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El Senado de la República aprobó ayer, 28 de octubre de 2025, la minuta que reforma la Ley del IEPS para aumentar impuestos y cuotas a productos y servicios considerados dañinos (incluyendo tabaco, bebidas saborizadas, juegos con apuestas y videojuegos violentos). Esto con el fin de desincentivar su consumo. La iniciativa se aprobó en lo general con 75 votos a favor y 37 en contra, y en lo particular con 76 a favor y 34 en contra, y fue turnada al Ejecutivo Federal.
La reforma grava con una tasa del 8% del IEPS la enajenación al público de videojuegos con contenido violento, extremo o para adultos (no aptos para menores de 18 años) en formato físico, así como los servicios digitales que permitan acceso o descarga de dichos videojuegos proporcionados por residentes en el extranjero sin establecimiento en México y por residentes en el país. Además, se precisa que los sueros orales que exclusivamente contengan glucosa anhidra, cloruro de sodio, cloruro de potasio y citrato trisódico quedarán exentos del IEPS, para “otorgar certeza jurídica a los contribuyentes” y reforzar medidas contra el sobrepeso y la obesidad.
Aumentos del IEPS por producto (2026)
| Producto / servicio | Situación antes (tasa o cuota) | Situación aprobada | Incremento | Observación |
|---|---|---|---|---|
| Tabacos labrados (cigarros, puros y otros) | Tasa 160% | Tasa 200% | +40 puntos porcentuales (de 160% a 200%) | Aumenta la carga fiscal para hacer menos asequibles estos productos. |
| Puros y otros tabacos labrados hechos enteramente a mano | Tasa 30.4% | Tasa 32% | +1.6 puntos porcentuales (de 30.4% a 32%) | Incremento menor pero específico para puros artesanales. |
| Bebidas saborizadas (cuota por litro) | Cuota $1.6451 por litro (aplicable en 2025) | Cuota $3.0818 por litro | + $1.4367 por litro (? +87.3% sobre la cuota previa) | Objetivo: incidir en patrones de alimentación. Datos de cuota según texto. |
| Juegos con apuestas y sorteos | Tasa 30% | Tasa 50% | +20 puntos porcentuales (de 30% a 50%) | Argumento: reducir espacios para lavado de dinero y obligar a transparencia. |
| Videojuegos con contenido violento/extremo o para adultos (enajenación y servicios digitales) | Sin tasa previa | Tasa 8% del IEPS | Nuevo gravamen: 8% (aplicable a enajenación y servicios digitales) | Busca reducir asequibilidad y proteger a la niñez; aplica a formato físico y descargas. |
| Suero oral (glucosa anhidra, NaCl, KCl, citrato trisódico) | Gravado (implícito) | Exento del IEPS | Exención (0%) | Aplica sólo si contienen exclusivamente las cuatro sustancias mencionadas. |
Votaciones, trámite y posiciones
La asamblea del Senado avaló la minuta en lo general (75 a favor, 37 en contra) y en lo particular (76 a favor, 34 en contra). Tras las votaciones la Mesa Directiva turnó el dictamen al Ejecutivo Federal. El Pleno rechazó modificaciones presentadas por senadores de distintos partidos (PAN, Morena, MC, PRI y PT) y senadores del PAN (Agustín Dorantes Lámbarri, Gustavo Sánchez Vásquez y Raymundo Bolaños Azocar) registraron votos particulares respecto al proyecto.
Razones y objetivos
En el comunicado de prensa del Senado se afirma que el documento que acompaña la reforma argumenta que los incrementos coadyuvarán a desincentivar el consumo de productos nocivos y a combatir operaciones ilícitas, además de orientar la política nacional para que niñas, niños y adolescentes “tengan acceso a una vida libre de violencia”, en el caso de los videojuegos con contenido violento. También se señala la necesidad de ajustar definiciones (por ejemplo, bebidas saborizadas) para incidir en patrones de alimentación.
Exención técnica para ciertos sueros orales
La reforma a la Ley del IEPS establece una exención específica para los sueros orales que contengan exclusivamente cuatro componentes: glucosa anhidra, cloruro de sodio, cloruro de potasio y citrato trisódico. Esto significa que la enajenación y comercialización de esos productos no estarán sujetos al pago del IEPS, siempre que no incluyan otros ingredientes activos o excipientes distintos a los citados.
El dictamen señala que la precisión busca otorgar “certeza jurídica a los contribuyentes” y, al mismo tiempo, reforzar medidas para combatir la problemática del sobrepeso y la obesidad. La exención busca diferenciar estos sueros básicos -usados habitualmente para rehidratación y tratamiento de desbalances electrolíticos- de otros preparados que podrían incluir azúcares, saborizantes u otros elementos susceptibles de gravarse para efectos de salud pública.
Impactos
- Consumidores: es probable que aumenten precios de tabaco, bebidas saborizadas, juegos de apuestas y videojuegos gravados, lo que busca reducir su asequibilidad.
- Empresas y comercios: cambios en tasas y nuevas definiciones implicarán ajustes contables y fiscales. Los servicios digitales ofrecidos desde el extranjero también se ven alcanzados.
- Gobierno y reguladores: el expediente pasa al Ejecutivo Federal para su consideración final. De aprobarse e instrumentarse, se deberán emitir reglas administrativas y criterios de aplicación.
- Salud pública y prevención: la reforma se presenta como una herramienta para proteger la salud pública y la niñez.
Referencias
- Senado de la República. (2025, Octubre 28). Coordinación de Comunicación Social – Respalda Senado reformas a Ley del IEPS para ajustar impuestos a productos y servicios dañinos. https://comunicacionsocial.senado.gob.mx/informacion/comunicados/13428-respalda-senado-reformas-a-ley-del-ieps-para-ajustar-impuestos-a-productos-y-servicios-daninos








