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La Cámara de Diputados aprobó en lo general con 355 votos a favor, 132 en contra y cero abstenciones un dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos, vigente durante la LXVI Legislatura, el 15 de octubre de 2025, con el objetivo de actualizar cobros por múltiples servicios públicos y ajustar cuotas rezagadas. El alcance final de la reforma dependerá de la discusión en lo particular y de las posibles modificaciones que resulten.
Migración: nuevos cobros y descuentos selectivos
La reforma ajusta las cuotas por la expedición de documentos migratorios (visitante sin permiso remunerado, residente temporal y permanente) buscando una “contribución justa y proporcional” por el uso intensivo de infraestructura y personal. Se incorpora un descuento del 50% para residentes temporales y permanentes que acrediten modalidades de residencia relacionadas con unidad familiar, oferta de empleo nacional o invitación para actividades sin percepción de ingresos.
Además, se establece cobro por recepción y estudio de solicitudes para visitas a embarcaciones en navegación de altura y por el Formato de Autorización de Salida del país de niñas, niños, adolescentes y personas bajo tutela. También se precisa que el derecho por servicios migratorios extraordinarios se pagará en revisiones de documentación de pasajeros en vuelos no regulares. La exención de aeronaves particulares se limita a aeronaves destinadas a protección civil, salud y ayuda humanitaria.
Mercado de valores y pequeñas empresas
El artículo 29-A se modifica para exentar a las emisoras simplificadas del pago por el estudio y trámite de la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Valores. Esta medida busca facilitar que las pequeñas y medianas empresas (pymes) accedan al financiamiento bursátil. Además, se añade un párrafo al artículo 29-B, que introduce un régimen favorable mediante la aplicación de un factor de 0.27 al millar sobre la base correspondiente, con un límite máximo, para así disminuir los costos de inscripción.
Supervisión financiera y cuotas de la CNBV
El dictamen cambia cómo cobra la CNBV por inspección y vigilancia. Actualiza bases, factores y cuotas del artículo 29-D. El objetivo es eliminar el rezago causado por la inflación. Busca no afectar la liquidez de las instituciones financieras. También pretende proteger la planeación presupuestal de las entidades. Da especial cuidado para no perjudicar a las pequeñas.
Sanidad, aviación y servicios marítimos
Se actualizan cuotas por expedición de certificados fitosanitarios y zoosanitarios (fracciones III y IV del artículo 86-A). También se ajustan las cuotas de los artículos 154 al 161 relacionados con servicios de la Agencia Federal de Aviación Civil para reflejar el costo total, incluido el financiero. Se adiciona un párrafo al artículo 155 para exentar prácticas de verificación cuando se prestan entre órganos desconcentrados de la misma Secretaría. La reforma incorpora cobros por servicios marítimos de la Secretaría de Marina y por uso de bienes de dominio público sobre agua y descargas de aguas residuales. Además de uno por el aprovechamiento de playas y zona federal marítimo-terrestre.
Telecomunicaciones, espectro y cultura
Se derogan fracciones vinculadas a concesiones privadas para pruebas y radioaficionados y se incluye la compartición de bandas entre dependencias estatales y federales (artículo 173-B). Además se reconoce exención del pago del uso del espectro para grupos comunitarios y afromexicanos con fines culturales, científicos, educativos o comunitarios, sin fines de lucro. Se añade la figura de “redes de radiocomunicaciones inteligentes“. También se ajustan cuotas por el acceso a museos, monumentos, sitios y zonas arqueológicas, eliminando el cobro por el Museo Nacional de Arquitectura.
Derechos de autor y destino de recursos
Se añade un párrafo al artículo 184 para establecer que el 100% de los ingresos por derechos por la prestación de servicios relativos a derechos de autor se destinen al Instituto Nacional del Derecho de Autor para operación, mantenimiento, conservación, administración e inversión.
Artículos reservados y próximos pasos
Para la discusión en lo particular quedaron reservados múltiples artículos (entre ellos 8, 13, 14-A, 29-A, 29-B, 29-D, 86-A, 154–161, 173-B, 184, 195, 224, 239, 282, 288 y 288-A-1) y los transitorios Primero y Segundo. La Mesa Directiva informó sobre estas reservas. El alcance final de la reforma dependerá de la discusión en lo particular y de las posibles modificaciones que resulten.
Referencias
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Cámara de Diputados. (2025, Octubre 15). La Cámara de Diputados aprobó en lo general dictamen que reforma a la Ley Federal de Derechos. https://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/index.php/boletines/la-camara-de-diputados-aprobo-en-lo-general-dictamen-que-reforma-a-la-ley-federal-de-derechos