Cinco días de aviso y cancelación de suscripciones inmediata: aprueban diputados reforma para proteger al consumidor

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La Cámara de Diputados aprobó el 17 de septiembre de 2025, por unanimidad de 438 votos, adiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor que regulan la cancelación de suscripciones y membresías con cobro concurrente. Las nuevas fracciones VIII y IX del artículo 76 Bis obligaran a los proveedores a informar de forma clara, destacada y accesible si un servicio implica cobros automáticos recurrentes, su periodicidad, monto y fecha, y exigen el consentimiento expreso e informado de la persona consumidora. La reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

La iniciativa fue presentada por el diputado Ricardo Monreal Ávila (Morena). Él calificó la propuesta como “noble” y urgió ampliar la protección a tarjetas de crédito, seguros y transporte aéreo, entre otros, para reforzar las leyes en favor de los consumidores: “proteger a los consumidores; esa es nuestra función y prioridad“, afirmó (Cámara de Diputados, 2025).

En resumen:

  • Qué cambia en la ley: obligación de información visible sobre cobros recurrentes; consentimiento expreso; aviso mínimo de cinco días para renovaciones automáticas; derecho a cancelar inmediatamente sin penalización.
  • Quiénes impulsaron y respaldaron la reforma: presentada por Ricardo Monreal (Morena) y apoyada por diversas bancadas; reserva técnica aceptada de Elías Lixa (PAN).
  • Ámbitos afectados: servicios digitales (plataformas), Internet, telefonía, tarjetas y otros contratos con renovación automática.
  • Implicaciones prácticas: mayor transparencia, facilidad para cancelar suscripciones y menor riesgo de cobros indebidos.

Votación cancelación de suscripciones

Aviso previo y derecho a cancelar

Cuando el contrato contemple renovación automática, el proveedor debe notificar al menos cinco días naturales antes de la renovación, “permitiendo su cancelación sin penalización“. Además, la ley obliga a que los proveedores implementen mecanismos que permitan a la persona consumidora cancelar el servicio, suscripción o membresía de manera inmediata, siempre sin contravenir disposiciones contractuales.

Reserva técnica aceptada

Se aceptó la reserva del diputado José Elías Lixa Abimerhi (PAN) para aclarar que solo se podrá cobrar si existe un contrato previo; además, aunque haya contrato, la empresa debe avisar con cinco días de anticipación para que el consumidor pueda decidir y así evitar cobros abusivos en el momento de pago.

Reacciones de los grupos parlamentarios

Diputados de PAN, PVEM, PT, PRI y MC emitieron comentarios favorables y coincidieron en que la reforma da certeza al consumidor. Ricardo Madrid (PVEM) señaló que la medida evita cobros excesivos en servicios como Internet y plataformas digitales y obliga a actualizar la normativa ante retos del mercado digital. Ricardo Sostenes (PT) enfatizó los beneficios sociales y económicos para millones de hogares. Ana Isabel González (PRI) destacó la dificultad actual para encontrar el botón de cancelación y celebró el aviso obligatorio. Pablo Vázquez (MC) calificó la relación proveedor-consumidor como asunto de interés público que requiere regulación armónica y eficiente.

Conclusión

Se busca evitar cobros injustos y hacer mucho más fácil cancelar servicios que se cobran de forma recurrente (suscripciones). Afecta a empresas como proveedores de Internet, telefonía, plataformas digitales y cualquier otro servicio con cobros automáticos mensuales o periódicos. La reforma dara más control, menos sorpresas en la cuenta y una forma rápida y sin costos para dejar servicios que ya no se quieren. Para el bolsillo significara menos gastos innecesarios y menos trámites. Si se tienen suscripciones activas, se deben revisar cuáles mantener y cuáles cancelar para aprovechar este cambio.

Referencias