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El pasado 1 de mayo entró en vigor el decreto de creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, en un esfuerzo por fortalecer la seguridad social y mejorar las condiciones de vida de las personas adultas mayores en México, de acuerdo con el Gobierno Federal, y con el objetivo de proporcionar un complemento económico a las pensiones de trabajadores que alcanzan los 65 años y cuya pensión sea igual o menor a $16,777.68, ajustado por inflación.
*Por Benjamín Alemán Castilla
Para conocer si el Fondo será sostenible en el tiempo, es necesario comprender algunas claves:
- Cómo se conformará
El Fondo será administrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mientras que el Banco de México actuará como fiduciario. Este fideicomiso será financiado mediante diversas fuentes, incluyendo los recursos no reclamados de las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) destinados a cesantía y vivienda, el 75% de los remanentes netos del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, derivados de la enajenación de bienes, así como recursos remanentes de la liquidación de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero. Además, se integrarán aportaciones y donaciones de personas físicas y morales, y los remanentes de las utilidades netas de las entidades paraestatales sectorizadas en las Secretarías de Defensa Nacional y de Marina, tales como el Tren Maya o Mexicana de Aviación.
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Qué pasará con las Afores
El decreto establece que el Fondo operará de manera complementaria a estos organismos. Es decir, aunque las AFORES seguirán siendo las responsables de administrar las cuentas individuales de ahorro para el retiro, el Fondo proveerá un complemento económico para asegurar que las pensiones no sean inferiores al último salario percibido.
2. Usuarios de cuentas inactivas podrían reclamar sus recursos
El gobierno ha intentado desmentir que el dinero ahorrado en las AFORES se pierda definitivamente con esta iniciativa; en cambio, los derechos sobre estos recursos se mantendrán como imprescriptibles y tanto los trabajadores como sus beneficiarios tendrán derecho a reclamarlos en cualquier momento. También se ha buscado aclarar que para que los ahorros en las AFORES sean transferidos al fondo, deberán pertenecer a cuentas de personas de 70 años o más y estar inactivas. Estas cuentas, de acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), son aquellas que no han registrado movimiento alguno en los últimos tres años. Además, se ha subrayado que los titulares serán notificados antes de cualquier transferencia, asegurando la transparencia y dando oportunidad para que reclamen sus recursos.
3. No resolverá del todo el problema de las bajas pensiones
Recientemente, el presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos destacó la necesidad de una reforma estructural en el sistema de ahorro para el retiro, pues el Fondo no resuelve de fondo la problemática de las pensiones en México. Resalta que la suma total del Fondo –financiado inicialmente con más de 40,000 millones de pesos–, aunque considerable, solo representa un porcentaje mínimo en comparación con los activos gestionados por las AFORES. Además, enfatiza la importancia de cambiar el patrón de ahorro desde edades tempranas y sugiere la creación de un fondo semilla desde el nacimiento para asegurar futuras pensiones que sean adecuadas y sostenibles, ya que, sin un cambio significativo en este aspecto, se continuará enfrentando la misma problemática de manera cíclica.
4. Tendrá, entre otros, efectos de presión sobre las finanzas públicas
Diversos analistas consideran que este cambio representa más una modificación administrativa que un impacto directo en los ahorros actuales de los trabajadores. No obstante, sí tiene implicaciones y riesgos potenciales para la viabilidad del sistema. Como lo ha manifestado Carlos Ramírez Fuentes, ex presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), con la implementación del Fondo se rompe la individualización del ahorro para el retiro, al generarse un injusto subsidio cruzado, de los ahorros de unos a las pensiones de otros. Además, se reduce injustificadamente a la mitad el tiempo de espera de 10 años para que el gobierno pueda acceder a los recursos de cuentas individuales no reclamadas de adultos mayores de 70 años.
Por todo lo anterior, no queda clara la suficiencia financiera del Fondo hacia el futuro, cuando haya un número considerable de personas pensionadas y con derecho a solicitar el complemento que hoy ofrece el gobierno con esta iniciativa. Es de esperarse que esto derive en una presión adicional a las finanzas públicas, dada la posibilidad de que el gobierno federal tenga que realizar aportaciones adicionales, afectando presupuestalmente a otros sectores igualmente importantes, como educación, seguridad pública o salud.
Finalmente, subsiste la preocupación de que el Fondo de Pensiones para el Bienestar sea un primer paso hacia el desmantelamiento del sistema de cuentas individuales, un tema recurrente en la agenda de la izquierda mexicana. Baste recordar que el 5 de febrero pasado el presidente presentó un paquete de 20 iniciativas de reformas constitucionales, entre las cuales se encontraba la propuesta de revertir las reformas de pensiones, tanto la aprobada durante el gobierno de Ernesto Zedillo en 1997 como la impuesta en 2007 por Felipe Calderón. Estas iniciativas de reformas se han entendido como una forma de “dar línea” y de imponerle una agenda a su sucesora en la siguiente administración.
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