SCJN: sindicato que reclama titularidad de contrato colectivo debe acreditar, por lo menos, 10% de trabajadores afiliados

SCJN: sindicato que reclama titularidad de contrato colectivo debe acreditar, por lo menos, 10% de trabajadores afiliados

Tiempo de lectura aprox: 34 segundos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que un sindicato que reclama la titularidad del contrato colectivo de trabajo debe acreditar. por lo menos, el 10% de trabajadores afiliados, incluso cuando alegue violaciones a derechos de asociación y libertad sindical para que demuestre que cumple con el principio de representatividad, previsto en el artículo 123 constitucional.

A través de un comunicado la segunda sala precisó que es posible acreditar el porcentaje exigido a través de un medio distinto al padrón de afiliados, como sería un extracto de las cotizaciones sindicales, de modo que no es necesario aportar una lista que podría dar pie a que los trabajadores sufran actos de injerencia y discriminación antisindical.

En este sentido, la sala recordó que la discriminación sindical y la injerencia patronal son violaciones a derechos sindicales que pueden reclamarse de manera independiente a la titularidad del contrato, mediante el procedimiento especial colectivo previsto para ello.

 

 

También te puede interesar: Citibanamex otorgó un millón de pesos al ganador del Premio al Talento STEM