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Para proceder al cobro de créditos fiscales por más de 2,600 millones de pesos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sólo espera que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le notifique la sentencia al favor del Estado mexicano en el juicio que inició el Grupo Elektra para ejercer su derecho a inconformarse y oponerse a esta decisión de la autoridad tributaria del país.
“Ya lo hizo valer (su derecho a inconformarse) en términos de las leyes y la Constitución, ya agotó todas las instancias fiscales. Ya sólo falta que pague o se harán valer las garantías. Ninguno de los actos que promueva suspenderá el cobro. Ningún acto suspenderá el cobro a Elektra”, enfatizó Buenrostro.
En conferencia de prensa, la jefa del Servicio de Administración Tributaria, Raquel Buenrostro, aseguró que el Grupo Elektra no podrá acudir a ninguna instancia internacional para impugnar el fallo de la SCJN pues en material fiscal no es posible invocar disposiciones contenidas en los tratados internacionales, ni acudir a un arbitraje internacional. Eso no procede, fue enfática la funcionaria.
Si los accionistas del Grupo Elektra consideran que se violentaron sus derechos humanos, entonces podrán acudir a otras instancias, iniciar otros juicios, pero ello no cambiará la decisión de la SCJN ni los siguientes pasos para el proceso de recuperación de los créditos fiscales porque ya se cuenta con una sentencia en firme.
Buenrostro reconoció, sin embargo, que mientras la Corte no les notifique a ambas partes, el cobro, el emplazamiento de pago, la constitución de garantías y un eventual embargo, se encuentran detenidos.
“Independientemente de que la Corte ya emitió una sentencia. El SAT no puede actuar hasta que se le notifique de la Corte. Mientras que no llegue por escrito, nosotros no podemos actuar”, dijo Buenrostro.
Desde 2020, dijo, las notificaciones se retrasaron. En la SCJN, las notificaciones se liberan conforme se han ido resolviendo y emitiendo las sentencias. Así, Buenrostro no quiso dar una fecha en la que se le notificaría a Grupo Elektra sobre la fecha en que deberá pagar al SAT.
“Una vez que ya se haya notificado ya se puede cobrar”, agregó.
“El SAT le dirá a Elektra y le dará unos días ara que le diga cuánto y cómo pagará”, señaló.
El monto que tendría que pagar Grupo Elektra al SAT no serían 2,600 millones de pesos, sino que aumentaría por recargos y multas. El monto podría superar los 3,500 millones de pesos.
¿Qué sigue?
Si después de que se le notifique a Elektra sobre el adeudo no responde o procede a ofrecer algún bien en garantía, entonces se procedería a un embargo para asegurar que el SAT recupere el crédito fiscal comprometido.
“Si en unos días no contesta, el SAT establecerá los criterios de cobranza, el contribuyente ofrecerá una garantía del crédito o proceder a un embargo de bienes”, destacó la Jefa del SAT.
Fue el 19 de enero cuando el pleno de la SCJN dictó sentencia sobre un amparo que interpuso Elektra por considerar improcedente la protección que solicitaba este contribuyente para no pagar sus créditos fiscales. Elektra ha reportado a sus inversionistas del mercado de valores al menos otros siete juicios para impugnar créditos fiscales.