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El Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones (IDET) manifestó, a través de un boletín, su preocupación por la intervención del Estado en el ejercicio de la libertad de expresión, tanto en la radio y la televisión abierta como en la restringida, debido a una sentencia emitida por un juez administrativo.
Se dio a conocer que el Juez obligó al Congreso y al Presidente, a dejar sin efectos, en 30 días, los párrafos segundo y tercero del Artículo 256 vigente, para que “resurja” el antiguo párrafo segundo de dicho artículo. A partir de esto, autoriza al IFT para fijar una fecha de inicio de vigencia de los controvertidos Lineamientos, o bien, para emitir unos nuevos.
Los Lineamientos del IFT que el Juez pretende revivir, a pesar de que fueron debidamente abrogados por el Congreso de la Unión para evitar la censura de medios públicos y privados, explicaron, establecen un régimen de control editorial por parte de un comité que puede ordenar la suspensión de transmisiones de una estación de radio o de televisión, si, a su juicio, cualquier persona frente a un micrófono no “diferencia claramente la información noticiosa de la opinión de quien la presenta”. Asimismo, contempla que la suspensión de transmisiones se hará de oficio o a solicitud de un defensor de las audiencias, cuya designación deberá ser aprobada por parte del propio IFT.
Tras su promulgación, tanto el Senado de la República como el Ejecutivo Federal se vieron obligados a promover sendas controversias constitucionales para impedir que entraran en vigor, ya que el atentado a la libertad de expresión para los medios públicos y privados y la invasión de facultades por parte del IFT en los Lineamientos, era grave. Sin embargo, aun así, ahora, sin estudiar los lineamientos y sus nocivos efectos, la Segunda Sala convalidó la sentencia del Juez de Distrito que pretende “revivirlos” y derogar la reforma de 2017 que los abrogó, informaron.
La sentencia que se pretende cumplir, advirtieron, implica una invasión de poderes en contravención al Artículo 49 Constitucional, que expresamente refiere que “no podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo”.
Por lo anterior, el IDET hizo un respetuoso llamado al H. Congreso de la Unión para que no convalide los múltiples excesos en los que incurrió el Juez Primero de Distrito en materia Administrativa de la Ciudad de México y que, en contraparte, manifiesten formalmente la imposibilidad jurídica y material para cumplir con lo establecido.