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Un estudio realizado por organizaciones civiles, entre ellos, el Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos, publicado este miércoles, arroja que las empresas experimentarán cada vez una mayor presión sobre distintos frentes -gobiernos, inversionistas, sociedad civil– para dar cuenta sobre su rol dentro las sociedades donde operan y su involucramiento en temas de anticorrupción.
En este entorno, destacan especialmente los procesos de compliance, que incluyen el cumplimiento corporativo con la responsabilidad de respetar los derechos humanos.
“Los procesos de compliance surgen bajo la premisa que la acción de las empresas es necesaria para combatir la corrupción que afecta con gravedad a las sociedades.
“De esta manera, tales procesos son herramientas corporativas para la gestión preventiva de riesgos de corrupción, que incluyen su identificación, evaluación y mitigación”, indican Laura Esparza y Humberto Cantú en el informe, donde participan también la Universidad de Monterrey y la organización Oxfam.
En una mención de los casos destacables en América Latina menciona al Sistema Nacional Anticorrupción de México, que coordina diversos niveles y poderes de gobierno para el combate a la corrupción, a través de políticas públicas y marcos normativos, aunque acepta que hay limitantes en la vinculación con el Sector Privado en materia de derechos humanos.
“Aunque en el contexto mexicano existen elementos en materia civil, penal y administrativa que incitan a la adopción y establecimiento de procesos de compliance por las empresas, y que podrían ser un vehículo para la integración del enfoque de derechos humanos en sus actividades y relaciones comerciales, la falta de claridad sobre la vinculación entre ambas cuestiones puede limitar el potencial de alineación de ambas agendas.
“Lo anterior tiene implicaciones en la manera en que las empresas interpretan e integran esas cuestiones en sus procesos internos”, advierte.
Las organizaciones civiles destacan, del mismo modo, la participación empresarial en el impulso y homologación de reglas en materia de contrataciones públicas, asociaciones público–privadas y cabildeo, que garanticen interacciones íntegras e imparciales entre gobierno y sector privado, contenido dentro del objetivo 7 del eje 3 de la política nacional, dentro del Sistema Nacional Anticorrupción.
El documento llamado “Debida diligencia en derechos humanos y procesos de compliance” arroja que los mecanismos que han venido incorporando las organizaciones ayudan a las empresas a prevenir la omisión en el cumplimiento de las obligaciones legales, a través del control autónomo del comportamiento de sus empleados, agentes y aliados comerciales
“La aparición de los procesos de compliance contemporáneos es el resultado de la coyuntura entre la evolución normativa y la interiorización por el sector empresarial”, indica.
México es el último país de América Latina entre economías similares en adoptar modelos de responsabilidad empresarial y combate a la corrupción dentro sus legislaciones a través de una reforma al Código Penal Federal en 2018, que incluye la responsabilidad penal de las personas jurídicas frente a actos de corrupción.
El primero en la lista fue Chile, en 2009, con una ley que establece responsabilidad penal de las personas jurídicas por cohecho, lavado de dinero y financiamiento al terrorismo
Aspectos que debe considerar el proceso de compliance: