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Fue hace apenas unas semanas cuando la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), que encabeza Alejandra Palacios, anunció que investigaría el supuesto “protocolo” de inspección para la calidad de la leche entre dos estados de la República.
Nos referimos al caso de los sitios de inspección de leche en el estado de Chihuahua y que, en opinión de la Cofece, resultan discriminatorios además de restar competitividad.
La opinión de la Cofece no es gratuita, pero sí forma parte del espíritu de cada una de las políticas públicas que dieron origen a esta comisión. Pero aún más importante resulta lo que dispone la Constitución Federal en su artículo 117 que, bajo ninguna circunstancia, se gravará el tránsito de personas o cosas que atraviesen el territorio nacional.
• El tema viene al caso porque en el sector transporte se está presentando un tema similar. Resulta que en varios municipios de Nuevo León se exige un permiso para el transporte de carga en cada una de las entidades y, además, renovarlo cada 30 días, lo que –a juicio de la Cofec – se constituye en uno de los trámites más absurdos.
• Fue Olimpia Hernández, experta en México en el autotransporte de carga y vinculada con la Cámara Nacional de Autotransporte de Carga (Canacar), quien recordó a la Cofece, a la Secretaría de Economía, a la Cofemer, al Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y al Instituto Nacional del Emprendedor que, contrariando lo dispuesto por la Ley e ignorando la importancia de actividades multimodales de transporte, se emitieron una gran cantidad de regulaciones que frenan la competitividad.
• Resulta que a los municipios comprendidos dentro del área metropolitana –nada menos que de la ciudad de Monterrey– se les ocurrió emitir 10 reglamentos de tránsito y vialidad que prohíben la circulación de vehículos de transporte de “carga pesada” –de 3.5 toneladas y mayores– de las 6:30 a las 9:30 horas y de las 18:00 a las 20:00 horas, independientemente de que durante el horario no excluido solo pueden circular por la denominada “Red Troncal” del área metropolitana.
• Ante este verdadero “lío” normativo, al no poder desconocer la necesidad de circular la carga tanto durante el horario restringido en la denominada ‘‘Red Troncal’’ como en el resto del territorio de los municipios donde a ninguna hora estos vehículos pueden circular, los citados reglamentos permiten la posibilidad del tránsito de mercancías en los vehículos prohibidos de carga pesada, pero condicionándolos al pago de contribuciones (derechos) fiscales, lo que evidencia un claro afán “recaudatorio” de varias decenas de miles de pesos por cada vehículo de carga pesada y en cada uno de los 10 municipios.
• Si el propósito de los mencionados reglamentos es evitar la polución, su efecto será el opuesto, dado que para descargar un avión carguero de 60 toneladas en el aeropuerto internacional de Monterrey, ubicado en el municipio de Apodaca, se requiere un vehículo de los denominados de carga pesada; sin embargo, para movilizar ese mismo tonelaje, si se obliga a transportarlo en vehículos de menos de 3.5 toneladas de carga, seguramente se requerirán de siete a ocho vehículos de carga, por ejemplo “tipo Van” de tres toneladas de capacidad, mismos que causarán mayores problemas de congestionamiento vial y de polución a la atmósfera regia.
• Este tipo de medidas, de acuerdo con expertos en logística, incrementa los costos logísticos tanto para la exportación como para la importación y el consumo nacional de mercancías, favoreciendo a muchos otros países que seguramente no incurren en tales equivocaciones.