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La Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social informó que cada año se registran en el país más de 400 mil accidentes de trabajo y que los sectores productivos que más enfermedades provocan a los trabajadores son la minería, la fundición de hierro y acero y la fabricación de yeso, cal, ladrillos y arcilla.
La presidenta de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, la perredista Elizabeth Vázquez Hernández, dijo que de acuerdo con cifras del Instituto Mexicano del Seguro Social, del total de los accidentes de trabajo, 5 mil personas se enferman a causa de las tareas que realizan y mil mueren desempeñando sus labores o a consecuencia de ellas.
Sobre este último punto la legisladora precisó que en el sector del trasporte terrestre es donde número de muertes se registran, seguidos de los trabajadores de la construcción.
Puntualizó que las personas que sufren más accidentes en el trabajo son las que se desempeñan como vendedores de tiendas de autoservicio, y las que se dedican a la preparación de alimentos y bebidas.
Vázquez Hernández destacó que de acuerdo con el IMSS, los accidentes de trabajo se han duplicado del 2004 a 2013, al pasar de 282 mil 469 a 416 mil 660, mientras que las incapacidades, de 20 mil 753 a 25 mil 625 casos.
En cuanto a las enfermedades de trabajo, añadió, en 2004 la cifra fue de 7 mil 418 y para 2013 descendió a 6 mil 364; las defunciones sumaron mil 77 en comparación con 2014, cuando totalizaron 982.
La legisladora propuso que para determinar una justa indemnización o incapacidad, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) actualice la tabla de enfermedades, pues la vigente data del 1 de abril de 1970, es decir, “hace ya 45 años, y existe un gran número de padecimientos de trabajo que no se encuentran contemplados”.
Expresó que los accidentes laborales en los últimos nueve años han ido en aumento junto con las incapacidades, por lo que los patrones deben tomar las medidas de prevención correspondientes en los centros de trabajo.
Relató que de acuerdo con la Carta Magna, en su artículo 123, los empresarios son responsables de los accidentes de trabajo y enfermedades sufridas con motivo del ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, deberán pagar la indemnización correspondiente que haya traído como consecuencia.
Edgar Amigón Domínguez