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Las empresas que contraten a personas con discapacidad podrán deducir hasta el 100 por ciento el Impuesto Sobre la Renta (ISR) de los ingresos de estos trabajadores, y de la inversión que realicen a sus instalaciones para facilitar su acceso y uso.
Lo anterior fue dado a conocer por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que precisó que los beneficios fiscales procederán siempre que el patrón asegure a sus trabajadores, pague las contribuciones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y obtenga el certificado de discapacidad del trabajador.
La legislación mexicana establece que las empresas podrán deducir, en su totalidad, las inversiones que realicen a sus instalaciones para facilitar a las personas con discapacidad, el acceso y uso de las instalaciones del contribuyente.
Otro de los beneficios es que las personas físicas con discapacidad, estarán exentos del impuesto a la importación de vehículos especiales o adaptados, así como las personas morales no contribuyentes autorizadas para recibir donativos deducibles en el ISR que tengan como actividad la atención de personas con discapacidad.
Existe, de igual forma, un subsidio de hasta el 50 por ciento para el pago de las cuotas obrero patronales al IMSS a los contribuyentes que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal del ISR (RIF) y sus trabajadores.
Edgar Amigón