Efectos negativos de la reforma laboral

Tiempo de lectura aprox: 3 minutos, 50 segundos

Desempleo5El paquete de reformas estructurales que inició en 2012 con la reforma a la Ley Federal del Trabajo hace sentir sus efectos: desmiente, en los hechos, todas las mejorías anunciadas. La volatilidad en el empleo y más empleos eventuales, destacan entre las consecuencias negativas de la reforma laboral. Los integrantes del Cereal dan cuenta de los derechos humanos laborales despojados.

Los efectos negativos de la reforma laboral publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012, se materializan a 18 meses de distancia. Tal como lo habían advertido los especialistas, la tendencia es hacia una mayor volatilidad en el empleo (entrada y salida del empleo) y al incremento del empleo eventual o temporal.

En un intento por monitorear estos efectos, el economista Ignacio Román Morales comparó los datos del primer trimestre de 2012 con los del mismo periodo de 2013. El profesor-investigador del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO) llegó a las siguientes conclusiones.

Observó, en primer lugar, un comportamiento errático en los indicadores de ocupación y subocupación; el cómo, por ejemplo, hay una gran variación de la población económicamente activa.

De acuerdo con el también integrante del Sistema Nacional de Investigadores, “la volatilidad en el empleo responde a la volatilidad económica, a una incertidumbre que facilita la existencia de empleos temporales, informales o no, que impiden la generación de una expectativa de largo plazo para la mayor parte de la población”.

El segundo hallazgo de Román Morales aterriza en el Instituto Mexicano del Seguro Social. El doctor en estructuras productivas y sistemas mundiales descubrió que el empleo eventual creció más que el permanente: 4.46 por ciento el primero y 4.07 el segundo. Si se extiende el comparativo al primer trimestre de 2014 con relación al de 2012, la diferencia se acentúa: el empleo permanente creció en 7 por ciento y el eventual en 9 por ciento.

Para el especialista en política social y económica es claro que el empleo informal sirve como una especie de “espejo” del formal. Advierte que la consolidación de esta tendencia constituiría una amenaza a la vigencia real de los derechos laborales: la correlación entre el empleo formal e informal se podría fortalecer, lo que, a su vez, implicaría la precarización del empleo y la agudización de las condiciones de desigualdad entre los trabajadores.

Empleo Trabajadores de la construccion COEste y otros análisis forman parte del XVII Informe de violaciones a los derechos laborales (2013). Resistencia obrera ante las reformas, que el Centro Reflexión y Acción Laboral (Cereal) presentó el pasado 20 de mayo en las instalaciones del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez.

En el cuerpo del documento, David Foust Rodríguez, integrante del Cereal, recuerda lo que un representante de la Confederación Patronal de la República Mexicana dijo durante un debate sobre la reforma laboral que tuvo lugar en el ITESO: “De lo que se trata con la reforma laboral es de proteger los empleos, no tanto a los trabajadores”.

 

A decir del maestro en ciencias sociales, “esta frase reveló más de lo que hubiera querido este representante de los patrones: los empleos tienen derechos, los trabajadores no. Nos ofreció una excelente síntesis de la pretensión que algunos patrones tienen con esta reforma: despojar a los trabajadores y a las trabajadoras de sus derechos para transferirlos al capital y a sus dueños”.

Derechos despojados

“La contrarreforma laboral: despojo de derechos humanos laborales” es el primer artículo incluido en el informe a cargo del Cereal. En éste, Foust Rodríguez hace un recuento de los principales derechos humanos laborales despojados con la reforma laboral. Para ello, se basa en las conclusiones que Manuel Fuentes Muñiz, doctor en derecho, e Ignacio Román Morales han plasmado en diversos escritos. A continuación el recuento:

Crea figuras de contratos temporales: a prueba, de capacitación inicial, de labores discontinuas, por horas (artículos 39 A, B, F y 83); no prohíbe las renuncias en blanco, anticipadas o “voluntarias”; quita la sanción a los patrones en caso de falta de aviso de despido (artículo 47); legaliza la subcontratación (artículo 15 A); limita el pago de salarios caídos a 1 año más el pago de interés del 2 por ciento mensual sobre el importe de 15 meses de salario (artículo 48); establece medidas que predisponen la prolongación de los juicios (artículos 878, fracción VIII, y 880).

Además, permite el despido por la queja de clientes o proveedores del patrón en contra de los trabajadores (artículo 47, fracción II); legaliza el trabajo “multihabilidades” sin el pago complementario que implica realizar otras funciones (artículo 56 Bis); reduce significativamente la bilateralidad en las relaciones de trabajo; desaparece de la Ley Federal del Trabajo la tabla de enfermedades y riesgos de trabajo y otorga facultades a la Secretaría de Trabajo para su expedición y modificación (artículos 514 y 514).

También, evade penalizar conductas patronales negligentes que afecten la salud y la vida de los trabajadores y en su lugar impone multas económicas (artículo 992); mantiene los mecanismos legales que dificultan la elección democrática de representantes sindicales y que sostienen el corporativismo sindical.

Foust Rodríguez ahonda en el tema de la subcontratación. Refiere que la IndustriALL Global Union –organización internacional que representa a 50 millones de trabajadores y trabajadoras–, la denomina “la trampa triangular”. Y es que, expone, “crea una relación triangular entre la empresa beneficiaria, la agencia y el trabajador. Esto aísla a los trabajadores de la empresa que efectivamente controla su trabajo, su pago y las condiciones de trabajo, de manera que el trabajador no tiene palabra en la definición de estas cuestiones y está desprovisto de mecanismos para negociar mejoras”.

Para el integrante del Cereal, la contrarreforma laboral representa en los hechos “un grave retroceso para los derechos laborales de las y los trabajadores y un incentivo a la precarización de los empleos, favoreciendo la creación de empleos temporales e inestables o la transformación de empleos estables”. Además acentúa “el de por sí desequilibrado régimen de relaciones laborales en México, otorgándole más poder a los patrones”.

Vendedor Ambulante COOtras reformas: más despojos

El XVII Informe de violaciones a los derechos laborales (2013). Resistencia obrera ante las reformas, alude a la reforma laboral, pero también a otras: a la energética, a la fiscal, a la educativa. Subraya que se trata de un paquete de reformas regresivas y, en muchos casos, anticonstitucionales, que han traído a México un importante retroceso en materia de derechos humanos.

No obstante, señalan los integrantes del Cereal, éstas se desarrollan en una contradicción fundamental. Se trata, por un lado, de un gobierno que se empeña en sostener un modelo de Estado que favorezca unilateralmente a los grandes jugadores de los mercados económicos y, por el otro, de un esfuerzo “heroico y creativo” de los trabajadores por reivindicar su derecho a establecer las condiciones en que sea posible construir la vida que se quiere vivir.

Y concluyen: “Las reformas podrían considerarse, entonces, como un sacrificio de todo un pueblo a una ideología y a unos cuantos convencidos de ella”.