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Dilación en el registro de patentes, ineficacia y negligencia privan en el Industrial Mexicano de la Propiedad Intelectual, denuncian inventores y la Auditoría Superior de la Federación. Inconformidades, recursos de revisión y juicios de amparo aumentan, mientras la atención disminuye.
Rezago en el otorgamiento de patentes y negligencia son algunas de las denuncias que inventores expresan sobre la actuación del Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI), encabezado por Jorge Amigo Castañeda. Para los inconformes, el IMPI, lejos de cumplir con sus obligaciones, es omiso a sus peticiones. Con ello, argumentan, se pone en riesgo el desarrollo científico del país.
Por su parte, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) advierte que el IMPI no cuenta con controles e indicadores que den fe de su labor en la salvaguarda de la propiedad intelectual. Por el contrario, mientras las inconformidades y denuncias contra servidores públicos crecen, aumenta la antigüedad de solicitudes que no se atienden en tiempo y forma.
Una patente es el privilegio que concede el Estado a una persona física o moral para utilizar de forma exclusiva y durante 20 años una invención, producto o proceso, desarrollado por alguna persona.
La reforma a la Ley de Propiedad Intelectual del 2 de agosto de 1994 facultó al IMPI para que registrara patentes de invención, signos distintivos y registros de marcas comerciales.
También, para que previniera y sancionara la realización de actos de competencia desleal y garantizara una efectiva protección y defensa de los derechos exclusivos a los titulares de la propiedad intelectual.
Entre 2001 y 2005 se presentaron 66 mil 465 peticiones de patentes ante el IMPI: 2 mil 667 nacionales y 63 mil 798 extranjeras. Así, el requerimiento de patentes de inventores mexicanos representó sólo el 4.1 por ciento en este periodo.
A decir de la ASF, las solicitudes nacionales se incrementaron a una tasa media de crecimiento anual de 2.5 por ciento. Su participación creció 0.2 puntos porcentuales.
En el informe Evaluación de las acciones para proteger y fomentar la propiedad intelectual, la ASF apunta que entre 2001 y 2005 las solicitudes de patentes, diseños industriales y modelos de utilidad rechazadas crecieron 32.6 por ciento. Al año, a 9 mil 949 sí se les entregaron derechos. Así, de cada cuatro peticiones resueltas, una no recibió registro.
La ASF indica que durante el periodo de 2001 a 2005 se presentaron ante el Órgano Interno de Control 140 asuntos, de los que 112 fueron quejas por deficiencias en los servicios recibidos y 28 correspondieron a denuncias. Durante ese lapso, las inconformidades se incrementaron a una tasa promedio anual de 25.2 por ciento y las denuncias a 53.1 por ciento.
El máximo órgano de fiscalización refiere que el motivo principal de reclamo fue la negligencia de servidores públicos. Se registraron así 97 inconformidades, que representan casi 70 por ciento del total de quejas. Le siguen el ejercicio indebido de funciones con 30, el abuso de autoridad con seis, el maltrato con cuatro, y que no se respetara la relación laboral con tres.
Omisión en el IMPI
Cinco expedientes motivaron la intervención de la ASF para investigar la actuación del IMPI, según el Informe de resultados de la revisión y fiscalización superior de la cuenta pública 2002. Entre esos asuntos se incluye la solicitud 9501244, presentada hace más de 15 años.
Sin embargo –enuncia el peticionario de la patente 9501244–, el IMPI hizo caso omiso a las observaciones de la ASF. José Mercedes Pacheco Mejía requirió al Instituto el registro de patente para un forro higroscópico (recubrimiento que se instala en la pared interna de los silos que almacenan el cemento). El aparato absorbe la humedad del sistema de venteo, durante la carga del concreto, para evitar que se formen pústulas en los depósitos.
El inventor explica que, tras dos o tres años de operación del silo, el producto se contamina y disminuye su resistencia, con los problemas inherentes de un colapso en la infraestructura o el envejecimiento del cemento.
A su petición le fue asignado el número 9501244, el 7 de marzo de 1995. El 22 de febrero de 1996, el IMPI concluyó su examen de forma con el oficio número 4354. Enseguida, la solicitud fue publicada en la Gaceta de septiembre de 1996.
Según el documento SEF.2003.049 de la Subdirección Divisional de Examen de Fondo de Patentes del IMPI, fechado el 7 de noviembre de 2003, durante el examen de fondo se emitió una primera circular de requisitos el 18 de octubre de 1999, donde se argumentó que la innovación carecía de actividad inventiva. Sin que se considerara válida la respuesta del peticionario, se procedió a un segundo oficio de requisitos el 21 de mayo de 2002.
Esta vez se argumentó que existía materia que podía ser patentada, siempre que se modificara la “reivindicación 1”, como se le sugería. El Instituto lo exhortó a cambiar el término “higroscópico” por el de “madera”, que en su opinión es “totalmente limitativo”.
Se le indicó que, de mantener las especificaciones originales y en virtud que su invención no cumplía con uno de los requisitos para obtener una patente, debía efectuar el cambio de figura jurídica: optar por un trámite de modelo de utilidad por 10 años en lugar del registro de patente por 20, toda vez que “en esta figura no se analiza la actividad inventiva y, como ya se comprobó, la novedad sí existe”.
El 6 de septiembre de 2002 y el 21 de febrero de 2003, el IMPI reiteró que el forro carecía de actividad inventiva y que era necesario modificar las cualidades del invento. A la documentación oficial, técnica y científica entregada por Pacheco Mejía, el examinador de fondo Jesús Flores respondía que “confundía y oscurecía su entendimiento”.
Durante 10 años, el inconforme contestó en tiempo y forma cuatro requerimientos: el primero en 1999. Sobre este retraso, Pacheco Mejía recibió respuesta cuatro años después, cuando se le dijo que la petición estuvo extraviada y traspapelada en sus archivos durante más de cinco años.
En su examen, el funcionario del IMPI presentó, como antecedente del invento, una patente de recubrimiento o pintura impermeable en el idioma inglés. Para el solicitante, Jesús Flores se sirvió de una traducción falsa para validar su premisa, pues la pintura impermeable está lejos de asimilarse al forro higroscópico. Mientras el primero impide el paso del agua, el segundo la absorbe.
Justificando que el peticionario no aceptó ninguna de las recomendaciones del IMPI, el 15 de junio de 2004 se le negó el registro, sin que se demostraran los fundamentos que prevé la Ley de Propiedad Intelectual en su artículo 56. Éste advierte que “en caso de que el Instituto niegue el registro de una patente, lo comunicará por escrito al solicitante suministrando los argumentos técnico y legales de su decisión”.
“Cualquier sugerencia que haya sido aceptada –expone Pacheco Mejía– no era para minimizar, sino para nulificar los derechos y beneficios que me corresponden o, lo que es lo mismo, efectuar un robo premeditado con todas las agravantes”.
De acuerdo con el oficio firmado por Emelia Hernández Priego, subdirectora divisional de Examen de Fondo de Patentes, las sugerencias fueron planteadas para dar una solución técnica dentro del marco de la Ley de Propiedad Industrial, “nunca con el propósito de ir en perjuicio de sus intereses”.
En opinión del inventor, las 50 mil patentes que la ASF verificó como rezagadas fueron un “señuelo” para incrementar el presupuesto, asegurando que era necesario contratar más personal, tanto como el señalar que sí hay “materia patentable en las solicitudes” y prolongar así los trámites que le son redituables al Instituto.
Pese a las reiteradas solicitudes para que se fundamentaran los principios legales que niegan el registro, el órgano no lo ha justificado. El inconforme opina que el IMPI “abusa de la confianza de los innovadores que ponen sus ideas en manos de su personal”. Agrega que la Cámara de Diputados tampoco consideró el dictamen del órgano fiscalizador, estableciendo así “un pacto de no aplicación de la Ley”.
El 24 de enero de 2005, el inconforme presentó un escrito de denuncia de juicio político contra el actual titular del IMPI, Jorge Amigo Castañeda. Copia del documento, dirigido a Guillermo Aro Belchez, entonces secretario general de la Cámara de Diputados, acusa que “la responsabilidad en que incurre este servidor público afecta gravemente a la propiedad intelectual de los inventores mexicanos y es por eso que dichos inventores dudan en registrar sus patentes”.
Así, solicitó que se impongan las sanciones previstas por perjudicar los intereses públicos fundamentales y nulificar la negativa emitida por el IMPI; sin embargo, la Subcomisión de Examen Previo de Denuncias de Juicio Político concluyó que no era procedente, porque el quejoso fue omiso en rendir pruebas y las imputaciones en su contra fueron cometidas por otro servidor.
Robo de patente
En 1990, María Leticia Arias Hernández desarrolló una crema que activa el sistema inmunológico y regenera tejido. A su producto le llamaron “La Milagrosa”, pues utilizado únicamente como producto cosmético desapareció líneas de expresión. Más tarde, como pomada y suspensión en pacientes supuestamente alivió el mal del pinto, glaucoma, diabetes, enfermedades de los riñones, del páncreas y del corazón.
A fin de registrar la patente de la fórmula en el IMPI, pues le respondieron que debía tener el apoyo de otros investigadores de alto nivel, la trabajadora del Instituto de Geología de la Universidad Nacional Autónoma de México buscó la ayuda y orientación de la máxima casa de estudios; no obstante, dice, nunca fue atendida. El IMPI tampoco se hizo cargo de su caso. Por el contrario, la inventora dice ser víctima del robo de su medicamento.
En búsqueda de apoyo para su proyecto, la científica acudió a la Cámara de Diputados y participó en un taller para inventores, organizado por la Dirección General de Crónica Parlamentaria. Al término del mismo, Carlos Alberto Fano Jiménez, coordinador de Incubask, Centro de Incubación de Empresas de la Universidad Autónoma del Estado de México, la invitó a formar parte de una incubadora de proyecto de inversión y le prometió asistencia técnica, capacitación y soporte financiero.
“Me propone –relata la química fármaco bióloga– que formemos una sociedad debido a que es un requisito para recibir apoyo financiero y al mismo tiempo invita a los cirujanos Ricardo Manuel Ordorica Flores y Diego Ricardo Esquilano Rendón”.
El 26 de septiembre de 2006 se formó la sociedad mercantil Laboratorio de Investigaciones Avanzadas para el Bienestar Integral (Inabi). Según el Primer testimonio, segundo en su orden, de la escritura que contiene: constitución de la sociedad mercantil de la notaría pública número 117 del Estado de México, el 58 por ciento de las acciones le correspondían a Arias Hernández, quien fue asignada como directora del Consejo de Administración.
Un 14 por ciento igualitario se repartió entre los médicos y Fano Jiménez, de quien dice no se le otorgó cargo alguno, pero sí poder para ejercer todas las facultades. La sociedad anónima de capital variable se formó con la intención de “realizar investigaciones que permitan el desarrollo de productos que coadyuven en el mejor tratamiento para el bienestar integral de las personas y de los seres vivos en general, así como la supervisión y coordinación de las mismas”.
El acta constitutiva establece que estará facultada para comprar, vender, fabricar y distribuir toda clase de materias primas, materiales y productos terminados relacionados con la industria química, farmacéutica, cosméticos, naturista, orgánica y similares, como metodologías, sistemas y tecnología relacionada, así como la emisión de franquicias.
Según expone la científica, empezó a recibir dinero para equipar un laboratorio y cubrir los gastos del proyecto. El contador Fano Jiménez le pidió que abrieran una cuenta bancaria y le comentó que él se haría cargo de la administración: “El dinero se ejerce, pero no por mí ni con mi aprobación.
No hay cotizaciones previas a las compras ni facturas y reportan otros gastos, pero sin comprobantes fiscales”. Menciona que los cheques recibidos fueron endosados a su nombre, pues era la emprendedora a la que se estaba apoyando.
Sin que se le concediera detalle alguno sobre los gastos y, contrariamente, se le entregara una relación con “cifras muy infladas”, Arias Hernández dice que pidió documentos como el contrato que firmó con el Instituto Mexiquense de Emprendedores, el programa de inversiones, comprobantes, estado de pérdidas y ganancias, con copia al Instituto y a la Secretaría de Desarrollo Económico.
En una reunión, asegura, el coordinador de Incubask le entregó información incompleta y le mencionó que, para poder seguir en la sociedad, debía reducir sus acciones al 51 por ciento, distribuirlas entre los demás socios y alejarse de la administración. La inventora asegura que meses después la cuenta bancaria cambió de clave.
Fano Jiménez renunció a la sociedad y le pidió a la científica que firmara documentos, prometiéndole que todo sería transparente y que se podría recomponer la situación. En esos oficios redactados por el contador, Arias Hernández aceptaba sus errores. Los socios también dimitieron de su participación en el Inabi y, de acuerdo con la inconforme, tampoco quisieron entregarle el avance de protocolo que les ayudó a elaborar ni los expedientes de los pacientes en los que se aplicó la fórmula. Asegura que ellos la utilizan en los hospitales donde trabajan, públicos y privados.
“La fórmula del medicamento es de mi invención –expone– y yo se las proporcioné, incluso les di más frascos sin costo alguno. Con toda seguridad los comercializan sin registrar ingresos para la sociedad.”
Arias Hernández agrega que el contador Fano Jiménez le advirtió que no aceptaría ninguna auditoría y que al pedir información sobre el registro de marca y patente, sólo recibió evasivas: “Me dijeron que estaba registrada a nombre mío y de otra persona, cuando yo soy la inventora”.
El 9 de julio de 2008, la inconforme compareció ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de México para presentar denuncia de hechos contra Fano Jiménez y contra quienes resulten responsables de atentar contra sus intereses como inventora.
Rezago y descontrol en atención
Creado para atender los retrasos en resoluciones, el Programa de Abatimiento de Rezago 2005-2008 identificó 61 mil 938 asuntos por resolverse de años anteriores de los 64 mil 682 que estaban en proceso al término de 2005.
De manera progresiva, en 2005 se resolverían 28 mil 250 de los 61 mil 938 solicitudes en trámite de años anteriores, relacionadas con patentes, registros, diseño industrial y modelos de utilidad. Para 2006, dicha cantidad disminuiría hasta 33 mil 688 y como meta anual se concluirían 16 mil 750.
Un año más tarde se contarían 16 mil 938 peticiones rezagadas, de las que se solucionarían 9 mil 568. En 2008, los 7 mil 370 requerimientos pendientes serían concluidos.
Ya la ASF advertía, en la revisión y fiscalización superior de la cuenta pública 2005, que en promedio anual el IMPI resolvió 62 mil 377 solicitudes, que significó el 47 por ciento del total por concluir de 2001 a 2005. Según la Evaluación de las acciones para proteger y fomentar la propiedad intelectual, ello obedeció a que se requiere un tiempo mayor a un año para su resolución y a la insuficiencia de su capacidad operativa.
El informe enumera que de las 8 mil 98 patentes otorgadas en 2005, el 95.5 por ciento de las solicitudes fueron resueltas en siete años o menos, y 365 asuntos requirieron de ocho a 13 años para su conclusión. La ASF resalta que hay 94 casos con 10 años o más de antigüedad.
Al término de 2005, 55 mil 145 peticiones estaban en proceso de resolución, con una antigüedad de hasta siete años. En tanto, 2 mil 41 no habían sido resueltas en más de ocho años. De éstas, 924 patentes tenían un rezago de 10 a 18 años.
El órgano fiscalizador expone que el Acuerdo por el que se establecen reglas y criterios para la resolución de diversos trámites ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, vigente a partir de febrero de 2005, fijó un plazo de 19 meses para realizar el examen de forma y de cinco años para concluir el examen de fondo. En años anteriores no se establecieron plazos de respuesta.
En relación con las patentes, al final de cada año, de 2001 a 2005, las solicitudes en proceso crecieron a una tasa anual de 1.7 por ciento debido al rezago de años anteriores, a la falta de personal y al aumento de la demanda de usuarios del 2.8 por ciento. La ASF señala que el Instituto logró un índice de resolución promedio de 15.9 por ciento respecto al total de asuntos por resolver en cada año del periodo.
El Programa de Abatimiento de Rezago identificó sólo 23 mil 462 de las 74 mil 328 solicitudes pendientes. El resto no se consideró, pues se encontraba en el proceso normal de resolución. Según el plan de trabajo del programa para 2006, las 23 mil 462 peticiones en proceso disminuirían a 19 mil 742, y para 2007 esta cantidad llegaría a las 18 mil 556. La ASF advierte que la estrategia no logrará resolver el rezago, toda vez que al cierre de 2008 el programa previó que habría un saldo por atender de 17 mil 456 solicitudes.
Hacia el tercer trimestre de 2007 –enumera el Cuarto informe 2007 del director general a la Junta de Gobierno del IMPI– se observaron 12 mil 147 asuntos pendientes de solución en el Instituto, que no fueron atendidos en años anteriores, además de 44 mil 555 nuevos y por resolverse.
Según el documento, para ese año se erogaron 50 millones 422 mil 900 pesos en el rubro, mientras que a gasto corriente (servicios personales y generales, materiales y suministros) se destinaron 246 millones 300 mil pesos.
Durante el primer semestre de 2007, el organismo recibió 14 mil 616 peticiones: 12 mil 133, de patentes; 2 mil 118, de diseño industrial, y 365, de modelos de utilidad. Se solucionaron 16 mil 973 y se realizaron 12 mil 223 citas a pago, es decir, que se concedió el registro a 9 mil 405 patentes, 2 mil 661 diseños industriales y 157 modelos de utilidad.
Al final del periodo se tenía un rezago de 12 mil 360 solicitudes sin resolver, 4 mil 990 más que lo previsto en el Programa de Abatimiento de Rezago para 2007.
Aunque el Programa proyectó que no habría pendientes por concluir al término del periodo, en 2008 el IMPI resolvió 22 mil 341 solicitudes relativas a patentes y registros.
Para ese año proyectó una cobertura de 25 mil 245, por lo que alcanzó el 72.6 por ciento de su meta. Las peticiones concluidas incluyen abandonos, negativas, desistimientos y otorgamientos.
Aunado a ello, el informe concluyó que el IMPI no contó con un sistema de registro que le permitiera reportar la situación de las solicitudes, lo que impidió verificar cuántas estaban en proceso de atención. Tampoco presentó indicadores que evaluaran la calidad de servicio, el impacto del programa y la competencia de los servidores públicos. Además, “carece de información y parámetros para determinar en qué medida ha propiciado la participación del sector industrial en el desarrollo de tecnologías que incrementen la calidad, competitividad y productividad del mismo”.
De acuerdo con el máximo órgano de fiscalización, no dispone de criterios para determinar el número de visitas de verificación para combatir los actos en contra de la Ley de Propiedad Industrial.
Crecen inconformidades
De enero a septiembre de 2007 –según el Cuarto informe 2007 del director general a la Junta de Gobierno del IMPI– se realizaron 335 solicitudes de declaración administrativa por infracción de propiedad intelectual.
El reporte advierte que un aspecto que afecta el cumplimiento de metas es la atención que la Dirección Divisional de Patentes ha dado a juicios de amparo, nulidad y recursos de revisión.
Éstos, asegura, se han presentado cada vez en mayor número. En ese primer semestre se contaron 25 juicios de amparo y nulidad y 48 recursos de revisión. La Dirección Divisional de Protección a la Propiedad del IMPI está facultada para resolver las peticiones de declaración administrativa presentadas por afectados que demandan nulidad, caducidad, cancelación o aplicación de sanciones a infractores por violación a la Ley de Propiedad Industrial.
De 2001 a 2005 se realizaron, en promedio, 782 solicitudes referentes a infracción en materia de propiedad industrial, es decir, el 37.4 por ciento de los 2 mil 95 asuntos resueltos. “Estas acciones –describe la ASF– tienen por objeto sancionar a los infractores que realizan actos de competencia desleal y explotan derechos de propiedad industrial sin consentimiento de su titular”.
El IMPI registró una media de 557 peticiones por nulidad. Por este concepto se realizan solicitudes que van en contra de las resoluciones de derechos otorgados por el IMPI; en el caso de patentes, cuando se hubiese concedido a quien no tenía derecho para obtenerla.
En ese periodo, la ASF observaba una tendencia decreciente en contra de los actos de competencia desleal. Las infracciones en materia de propiedad industrial se redujeron a una tasa media del 17.6 por ciento, al pasar de 1 mil 203 infracciones en 2001 a 555 en 2005; y las de nulidad en 10.7 por ciento.
Paralelamente, disminuyeron las visitas de inspección por oficio realizadas por el IMPI. En el periodo 2001 a 2005 decrecieron en 19.9 por ciento, en tanto que las visitas a petición de parte crecieron a una tasa de 0.9 por ciento.
Éstas tienen por fin aplicar las disposiciones legales y administrativas en materia de propiedad industrial y derechos de autor.
De 2002 a 2005, indica la ASF, el IMPI determinó 2 mil 709 infracciones a la Ley de Propiedad Intelectual, que dieron origen a 1 mil 292 multas por un monto de 2 millones 916 mil 555 salarios mínimos. Durante ese periodo, el número de desacatos y sanciones disminuyó a una tasa del 15 y el 22 por ciento.
Las infracciones administrativas se originan por actos que impliquen competencia desleal, hacer parecer productos patentados aquellos que no lo están, que se fabriquen productos bajo autorización de un tercero y desprestigiar los productos, servicios o la actividad industrial y comercial de otro.
Fortuna solicitó entrevista con Jorge Amigo Castañeda, titular del IMPI, a través del área de Comunicación Social, pero al cierre de esta edición no se recibió respuesta.