Coparmex rechaza la NOM 237 que regulará los servicios educativos ofrecidos por particulares

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Según la institución, la nueva Norma define a los planteles privados como establecimientos mercantiles, generaría sobre regulación y afectará la economía de a los centros educativos en un contexto de crisis.

La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) externó su rechazo a la Norma Oficial Mexicana 237, que será publicada en los próximos días y que regulará la prestación de servicios educativos por parte de particulares.

De acuerdo con el organismo, esta nueva norma define a las escuelas particulares como establecimientos mercantiles y las obliga a registrar su Contrato de Adhesión con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), cuando en realidad las escuelas son prestadoras de un servicio educativo de índole social.

En segundo lugar, este proyecto de Norma implica una sobre regulación para las escuelas particulares, ya que su entrada en vigor generará costos adicionales relacionados con nuevas inspecciones y verificaciones por parte de Profeco que deberán atender y para las cuales deberán destinar una mayor cantidad de personal.

Más aún continuó— es especialmente preocupante que la norma, tal como se pretende aplicar, incluye procesos por parte de Profeco que invaden y duplican facultades con la Secretaría de Educación Pública.

En tercer lugar, los pagos que deberán hacer las instituciones para las certificaciones se plantean en un contexto de crisis económica.

Es importante agregar que el sector educativo ha sido uno de los más impactados por las consecuencias del Covid-19. A agosto 2021, aún hay 100,000 empleos del sector educativo asegurados en el IMSS menos de los que había previo al inicio de la pandemia (febrero 2020). Esto significa una pérdida del 14% de los empleos asegurados en el IMSS que había en el sector educativo, advirtió.

El proyecto de NOM 237 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 2021 por la Dirección General de Normas, y se sometió a consulta pública durante 60 días naturales. A partir de julio se instaló una Mesa de Trabajo para su revisión que finalizó sus labores el pasado 22 de septiembre.

Sin embargo, nuestros argumentos fueron rechazados, por lo que nos deslindamos del proceso de revisión que fue irregular y no concilió los intereses de los diferentes sectores que participaron. Adelantamos que de ninguna manera firmaremos y avalaremos esta norma, advirtió la Confederación..

Y concluyó que dado que la regulación generará altos costos a las escuelas particulares y además se están imponiendo medidas que pueden resultar en barreras a la entrada para nuevos centros educativos, consideramos que la regulación debe ser ingresada a CONAMER como AIR (Análisis de Impacto Regulatorio) de Alto Impacto con análisis en la Competencia, a fin de que se involucre a la COFECE y se dé el plazo máximo de consulta pública en la CONAMER (30 días).

Por Raúl Castro-Lebrija