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En la disputa de un terreno de más de 800 hectáreas de playa –valuado en más de 105 millones de dólares–, servidores públicos del gobierno de Baja California Sur dan la razón a empresarios que exhiben documentos falsos.
“Negligencia”, entre las irregularidades de funcionarios que dicen haber actuado “de buena fe”
Bañado por las aguas del Océano Pacífico, un predio valuado en 105 millones de dólares, ubicado en el Rancho San Cristóbal, en Los Cabos, es motivo de una disputa legal entre un empresario local, quien dice ser el legítimo dueño, y otro de origen sinaloense, a quien hace varios años el primero se negó a venderle una extensión de 100 hectáreas de su propiedad; ocho meses después, con la supuesta colusión de autoridades locales y estatales, se apoderó del terreno.
René Pinal asegura que desde el 1 de mayo de 1983 ejerció el dominio y la posesión de un inmueble de aproximadamente 857.5 hectáreas que corresponden al predio San Cristóbal y Santa Margarita en Los Cabos, Baja California Sur. El terreno se lo adquirió a María Cristina Orduño Durand mediante un contrato de compra venta privado. Con el fin de garantizar los derechos del comprador, y ante la falta de dinero para escriturar en aquel momento, la vendedora otorgó un poder irrevocable e irrenunciable para pleitos y cobranzas, actos administrativos y de riguroso dominio.
“Me vendió el terreno con la condición de que una parte del lugar –aproximadamente 400 hectáreas– las convirtiera en una reserva ecológica; era un sueño de ambos, pues ahí desova la tortuga marina.” De acuerdo con información de la Secretaría de Turismo, Los Cabos se convirtió en uno de los principales polos turísticos y de desarrollo del país. Los turistas estadunidenses y canadienses prefieren visitar el puerto sudcaliforniano, que registra niveles de crecimiento superiores a 22 por ciento. Su ingreso por cuarto disponible se ubica en 169.4 dólares.
En julio de 2007, Pinal acudió al Registro Público de la Propiedad en San José del Cabo, luego de la llamada de Mike Houston, quien lo felicitó por la venta de 100 hectáreas de su rancho, donde se enteró que el predio tenía varios registros y movimientos. José de Jesús Jiménez Sánchez, supuesto apoderado de Orduño Durand, había promovido la subdivisión del terreno en tres fracciones, una, en 558 hectáreas; la segunda, en 55 hectáreas, y una tercera, en 244 hectáreas.
El empresario se enteró de la existencia de un supuesto poder otorgado por Orduño Durand a favor de Jiménez Sánchez, ante el notario público Faustino Medina Medrano de Culiacán, Sinaloa, según obra en la escritura pública número 6,035, con fecha del 20 de septiembre de 1999.
Con carácter de apoderado, el 16 de diciembre de 2006, Jiménez Sánchez le vendió a Manuel Verdugo Vizcarra una superficie de 55 hectáreas ante el notario público Manuel Lazcano Meza de Sinaloa, de acuerdo con la escritura pública 14,175. El documento fue inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio en Los Cabos el 28 de agosto de 2007.
En una segunda transacción, Jiménez Sánchez vendió el predio correspondiente a las 244 hectáreas, una vez más a Verdugo Vizcarra. La operación supuestamente se realizó el 12 de enero de 2007 ante el mismo notario. La compra se formalizó en la escritura pública 14,327, y el 17 de julio de 2007 quedó inscrita en el Registro Público en Los Cabos.
Dos días después, Verdugo Vizcarra vendió las 244 hectáreas a la Constructora Inzunza, representada por Carlos Antonio Sosa Valencia, quien figura como presidente del Consejo de Administración de la empresa. El contrato quedó asentado en la escritura pública 4,485, realizada por el notario público 32 de Sinaloa, Juventino Gastelum Álvarez.
El 1 de agosto de 2007 la escritura fue inscrita en el Registro Público de la Propiedad en Los Cabos.
Por no vender
A principios de 2007, Pinal decidió vender una extensión de 100 hectáreas del rancho en conjunto con Dagoberto Gil Tlapelpa, quien era su vecino en el predio colindante y al cual conocía desde hace más de 20 años. El empresario explica que Gil se ofreció a buscar clientes para los terrenos ya que ambos pondrían parte de su propiedad en venta.
Confiado, dice, le entregó toda la documentación donde se acreditaban los derechos de la propiedad: el poder irrevocable que otorgó María Cristina, copia del contrato de compra venta y copia de la escritura donde aparece como dueña esta última.
Pinal comenta que el 13 de marzo de 2007, Gil Tlapelpa lo citó en su oficina para presentarle a dos posibles compradores de los predios. “Ahí me presentó al señor Antonio Sosa Valencia, quien dijo ser originario de Sinaloa, empresario y director del grupo Anjor.
“Sosa me solicitó informes sobre mi propiedad, manifestando el interés por adquirir las 100 hectáreas que están ubicadas frente a la parcela de Dagoberto hacia la playa”. El empresario sinaloense, agrega, expresó su interés de crear un desarrollo turístico en sociedad con Federico Carstens. Ade más, ya tenía en sus manos todos los documentos que acreditaban a Pinal como dueño del predio.
Pinal dice que Sosa le pidió que le hiciera una propuesta de venta por escrito y que retirara la propiedad del mercado, a lo que el primero contestó que no era posible, pues días antes había recibido por escrito una propuesta de compra por parte de Robert Gutiérrez, representante de inversionistas extranjeros, interesados también en adquirir los terrenos. “Era él (Sosa) quien debía presentarme una oferta a considerar: era yo quien vendía, no él”.
El empresario sudcaliforniano asegura que Sosa, visiblemente molesto, volteó a ver Gil Tlapelpa y le dijo: “Ni modo Dagoberto, yo a ti sí te compro; ellos (refiriéndose a Pinal y su acompañante) van a tener que entrar por helicóptero a su propiedad”. Ahí terminó la reunión.
De denunciante a indiciado
El 26 de julio de 2007, luego de que Pinal se enterara de las supuestas ventas que hicieron sobre sus terrenos, interpuso una denuncia penal contra quien resultara responsable por el delito de daños e intento de despojo del predio San Cristóbal y Santa Margarita ante el Ministerio Público (MP) del Fuero Común de Delitos Patrimoniales. A la querella se le asignó el número de averiguación previa CSL/01150/PAT/07, misma que fue remitida a la Agencia del Fuero Común de Asuntos Especiales de La Paz, con el número LPZ/ 006/AES/07.
Pinal dice que el MP no le dio valor probatorio a las pruebas presentadas y no citó a declarar con el carácter de indiciados a las personas que se habían denunciado como probables responsables, “elementos que presumen la parcialidad con la que el funcionario se condujo durante el desarrollo de la referida averiguación”.
El 6 de marzo de 2008 la averiguación previa fue consignada en contra de Pinal por el delito de falsedad en declaración e informes. El MP argumentó que el denunciante faltó deliberadamente a la verdad durante la sustanciación de la investigación por el hecho de acreditarse como René Pinal y no como René Julio Aguirre Pinal, tal como éste fue registrado ante el oficial del Registro Civil.
Pinal reconoce que fue registrado con el nombre que le atribuye el MP; sin embargo, aclara que durante el proceso presentó el documento que ampara que, mediante juicio seguido de jurisdicción voluntaria promovido ante el Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Civil y Familiar de Cabo San Lucas, con el número de expediente 663/07, se hizo una anotación marginal en su acta de nacimiento en la que se dice que su nombre correcto es René Pinal. “Por lo que ambos nombres, a pesar de ser diferentes, corresponden a una sola persona”.
El 26 de agosto de 2008 la autoridad judicial dictó orden de aprehensión en contra de Pinal por el delito de falsedad en declaración e informes. Un mes después, el 20 de septiembre, la misma autoridad dictó auto de libertad por falta de elementos para procesarlo.
Documentos apócrifos
Pinal dice que ante la impotencia de sentir que la autoridad no actuaba y estaba a punto de perder su patrimonio, él y un grupo de abogados se dedicaron a investigar cómo se habían realizado las supuestas ventas.
Primero encontró que el supuesto poder dado por Orduño Durand a Jiménez Sánchez era falso. De acuerdo con un oficio firmado por el director del Archivo General de Notarías de Sinaloa, dependiente de la Secretaría de Gobierno, Sergio Irizar López, existe un documento con el número 6,035 extendido por el notario Óscar Faustino Medina; pero en éste Guadalupe Zevada Ocha expide el poder a nombre de Quntín Zevada Hernández.
Además, Irizar López señala que “la mencionada escritura no fue protocolizada ni firmada ni sellada por el extinto notario. Por consiguiente el preciso documento no fue elevado a escritura pública”.
En la supuesta venta realizada por Jiménez Sánchez a Verdugo Vizcarra, por 55 hectáreas, registrada con la escritura 14,175 del notario público Lazcano Meza, este último tiene inscrito en sus libros un documento que no es una compra venta, sino un poder especial para pleitos y cobranzas, actos administrativos y de dominio, limitado e irrevocable que otorgan Marco Noé Astorga Martínez y Xóchitl Rivas Barrón a favor de José Enrique Corrales Valenzuela, según informó el propio notario y consta en el expediente DAGN/Q/08/07 de la Secretaría de Gobierno de Sinaloa.
El 27 de agosto de 2008 Mario Alberto Medina Carnero, jefe del Departamento de Asuntos Notariales de la Secretaría General de Gobierno, acudió a la oficina del notario público 149, a cargo de Manuel Lazcano Meza, con el objeto de realizar una visita de inspección especial con base en la queja administrativa interpuesta por René Pinal en contra del presunto fedatario, con fecha del 11 de julio del mismo año.
Ahí, el mismo notario puso a la vista del funcionario el apéndice y protocolo correspondiente a la escritura 14,327, en la cual supuestamente consta la segunda compra venta por 244 hectáreas. El funcionario observó que la escritura es un poder especial para pleitos y cobranzas, actos administrativos y de dominio, de manera limitada y exclusiva otorgado por Damaso René Obeso Félix a favor de Ramona Félix Barraza, y así se lo hicieron saber a Pinal en el oficio 5905.
El muerto
En los documentos que Pinal logró recabar para interponer la denuncia ante el MP, en la cual después salió indiciado, éste encontró que el 24 de junio de 2007 (domingo) Jiménez Sánchez presentó una solicitud ante José Luis Cortez González, director de Planeación Urbana de Los Cabos, para que se le autorizara la subdivisión del predio mayor rústico “San Cristóbal y Santa Margarita”, con una superficie de 857 hectáreas.
La dependencia respondió a la solicitud el 28 de junio, sólo cuatro días después de presentada, mediante el oficio SUBD/145/PU/2007. Pinal considera que las firmas de los escritos no corresponden a la de Jiménez Sánchez, quien además murió el 6 de febrero de 2007 en Ciudad de Guamúchil, municipio de Salvador Alvarado, Sinaloa, según consta en el acta de defunción.
El 7 de julio de 2007, el notario público 7 de Baja California Sur, José Alberto Castro Salazar, protocolizó el citado oficio, asentado en el acta 71,416.
El acto protocolario quedó inscrito en el Registro Público el 12 de julio.
El 17 de diciembre de 2007, Pinal expresó por escrito su inconformidad en cuanto a los procedimientos administrativos realizados en la Dirección Municipal de Catastro de Los Cabos en detrimento del patrimonio personal del citado.
Abel David Green Moreno, director de Catastro en el municipio, respondió a través del oficio DMC/ IX/617/2007 que “las actuaciones llevadas a cabo en esta Dirección Municipal de Catastro obedecen a la buena fe, por lo que no es el espíritu de esta institución el desacreditar o desviar la información que se nos proporciona por parte de los particulares”.
Pinal dice que, después de interpuesta la primer denuncia LPZ/ 006/AES/2007, la Procuraduría General de Justicia del Estado aseguró el predio en cuestión, y el 4 de marzo de 2008, el agente del MP del Fuero Común de Asuntos Especiales determinó entregar la posesión a quien, según él, acreditó la propiedad.
Según el oficio 016/AES/2008, el MP informa a Kenia Maritza Fong, contralora interna de la procuraduría estatal, sobre la suspensión del aseguramiento; con el oficio 017/AES/2008, se le solicita a Jorge Joel Cota Ruiz, director general de Seguridad Pública y Tránsito de Los Cabos, el auxilio de la fuerza pública para llevar a cabo el levantamiento y entrega del predio “San Cristóbal y Santa Margarita”.
En un tercer oficio, 018/AES/2008, dirigido a Enrique Alejandro Willars Ramírez, comandante regional zona sur de la Policía Ministerial del Estado, se le pide auxiliar en el levantamiento y entrega del terreno citado.
Ante dicha acción, Pinal interpone un amparo y pide la protección de la justicia federal en contra de los actos y de las autoridades estatales y locales, es decir, la suspensión del levantamiento y entrega del predio. El amparo es negado.
La procuraduría estatal respondió a Alejandro Gracia Gómez, juez segundo de distrito en el estado, “no ser cierto el acto reclamado por el quejoso”.
Pinal dice que las autoridades estatales mintieron al manifestar (oficio PGJE-CJ/0385/2008) que no se suspendía el levantamiento y se le entregaría el terreno a Sosa.
Desde hace más de un año, Sosa Valencia tiene la posesión de las 244 hectáreas que dice Pinal son suyas.
A través de la Coordinación de Comunicación Social de la procuraduría estatal, cuyo titular es Yesenia Cobarruvias, Fortuna solicitó entrevista con Fernando González, procurador del estado, sin que al cierre de esta edición se tuviera respuesta.
También se pidió la posición del empresario Sosa Valencia, sin obtener respuesta.